Se libró orden de captura al menos contra uno de ellos, según fuentes ministeriales
Entre los informantes que son investigados por la dependencia está Sergio Villarreal, El Grande
Miércoles 27 de noviembre de 2013, p. 5
La Procuraduría General de la República (PGR) inició averiguaciones previas en contra de una decena de testigos protegidos que recibieron trato preferencial y beneficios de ley durante el sexenio de Felipe Calderón, y al menos en contra de uno de ellos ya se libró orden de aprehensión, revelaron fuentes ministeriales.
La información obtenida indica que la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (Seido) solicitó y consiguió una orden de captura por delitos graves contra Harold Mauricio Poveda Ortega, apodado El Conejo, cuyas declaraciones como testigo protegido sirvieron para llevar a la cárcel a varios funcionarios públicos, entre ellos a Noé Ramírez Mandujano, ex titular de esa subprocuraduría.
Entre los testigos que son investigados por la PGR están: Sergio Villarreal Barragán, El Grande; Francisco Alberto Vázquez Guzmán, secretario particular del capo Osiel Cárdenas; Alejandro Lucio Morales Betancourt, fundador de Los Zetas, y su cómplice Ricardo Hernández Martínez, entro otros que sólo se identifican por sus claves, como Jennifer o El Pitufo.
En el caso de El Conejo, fuentes del Poder Judicial Federal revelaron que el juzgado decimosexto de distrito en procesos penales federales ordenó la aprehensión del narcotraficante colombiano por delitos contra la salud en la modalidad de posesión de cocaína, portación ilegal de arma de fuego y delincuencia organizada, según consta en la causa penal 63/2013.
Hasta noviembre de 2010, Harold Poveda (quien fue detenido en un lujoso rancho en el Ajusco) era el principal abastecedor de cocaína de las organizaciones del narcotráfico en México durante la década anterior.
El expediente consignado por la PGR corresponde a los delitos que cometió Poveda en flagrancia el día de su detención en el Distrito Federal junto con su novia Juliana López Aguirre, cuando portaba un arma de fuego y tenía un kilo de cocaína.
Tras su captura, la Seido, que entonces era dirigida por Marisela Morales, le ofreció los beneficios de testigo protegido, oferta que aceptó y que dio lugar a que declarara sobre las negociaciones de los cárteles colombianos con el narcotraficante Arturo Beltrán Leyva.
También habló sobre Édgar Valdez Villarreal, La Barbie, y Sergio Villarreal Barragán, El Grande, operadores de Beltrán Leyva.
Entre los declarantes que también son investigados se encuentra Jennifer, el testigo estrella
de la llamada operación Limpieza, cuyo testimonio también fue utilizado contra el general de división Tomás Ángeles Dauahare y otros militares.
Además, es investigado Alejandro Lucio Morales Betancourt, uno de los principales testigos protegidos contra Osiel Cárdenas.
El artículo 35 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada refiere: “el miembro de la delincuencia organizada que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de otros miembros de la misma, podrá recibir los beneficios siguientes:
“I. Cuando no exista averiguación previa en su contra, los elementos de prueba que aporte o se deriven de la averiguación previa iniciada por su colaboración no serán tomados en cuenta en su contra.
“II. Cuando exista una averiguación previa en la que el colaborador esté implicado y éste aporte indicios para la consignación de otros miembros de la delincuencia organizada, la pena que le correspondería por los delitos por él cometidos podrá ser reducida hasta en dos terceras partes.
“III. Cuando (...) el indiciado aporte pruebas ciertas, suficientes para sentenciar a otros miembros de la delincuencia organizada con funciones de dirección (...) la pena que le correspondería por los delitos por los que se le juzga podrá reducirse hasta en una mitad.
IV. Cuando un sentenciado aporte pruebas (...) para sentenciar a otros miembros de la delincuencia organizada con funciones de dirección (...) podrá otorgársele la remisión parcial de la pena, hasta en dos terceras partes, de la privativa de libertad impuesta.