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Diputados afinan la reforma respectiva

A revisión, límite a deuda de los estados
 
Periódico La Jornada
Domingo 22 de septiembre de 2013, p. 15

El desorden financiero que propició el crecimiento exponencial de las deudas de las entidades federativas durante la reciente década –cuyo monto se calcula en más de 400 mil millones de pesos– será acotado por la minuta con proyecto de decreto de reforma constitucional en materia de disciplina financiera para estados y municipios. El martes próximo la Cámara de Diputados aprobará las observaciones al documento elaboradas por el Senado, donde se confieren al Congreso federal facultades de sanción y objeción a los empréstitos autorizados por los congresos locales.

Durante la sesión de pasado mañana se confirmará que el Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema correspondiente para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. Así el Plan Nacional de Desarrollo, los proyectos estatales y los municipales deberán observar ese ordenamiento.

La reforma, que será puesta a disposición del pleno camaral y que fue aprobada por la Comisión de Puntos Constitucionales, establece los límites de las facultades del Congreso federal para que en materia de deuda pública, delinee las bases sobre las cuales el Ejecutivo pueda celebrar empréstitos y otorgar garantías sobre el crédito de la nación, para aprobar esos mismos préstamos y para reconocer y mandar pagar la deuda nacional.

Ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos o, en términos de la ley de la materia, los que se realicen con propósitos de regulación monetaria, las operaciones de refinanciamiento o restructura de deuda que deberán realizarse bajo las mejores condiciones de mercado; así como los que se contraten durante alguna emergencia declarada por el Presidente de la República.

El Congreso extenderá sus facultades para aprobar anualmente los montos de endeudamiento que deberán incluirse en la Ley de Ingresos, que en su caso requiera el Gobierno del Distrito Federal y las entidades de su sector público, conforme a las bases de la ley correspondiente.

El Congreso sancionará o, en su caso, objetará, mediante la comisión bicameral competente –y en un plazo máximo de 15 días hábiles–, la estrategia de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de los estados.