Sociedad y Justicia
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Opinan expertos sobre resolución judicial que favorece a estudiantes de la Nicolaíta

Universidades autónomas tienen por ley facultad de autogobernarse: Fernández

Es una discusión política que se intenta dividir en el aspecto jurídico: Imanol Ordorika

 
Periódico La Jornada
Jueves 19 de septiembre de 2013, p. 49

El secretario general de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (Anuies) –ex rector general de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM)–, Enrique Fernández Fassnacht, se pronunció en contra de la resolución judicial en favor de estudiantes de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (a fin de garantizar su derecho a la educación ante un posible estallamiento de huelga por parte del sindicato de trabajadores de la institución) al considerar que atenta contra la autonomía universitaria.

Las universidades autónomas por ley tienen la facultad de autogobernarse conforme a su propia legislación y tomar sus decisiones, respondió a pregunta expresa sobre el caso.

Podríamos decir que es bueno porque los alumnos no van a dejar de recibir clases, pero no puedo estar a favor cuando viene de una resolución de fuera de una universidad; ésta debe tener la libertad de autogobernarse, de tomar sus decisiones, y todos los poderes de la Unión están obligados a respetar eso, insistió.

En el mismo sentido se pronunciaron varios expertos en el análisis y estudio de la educación superior.

Roberto Rodríguez, del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), indicó que la decisión del juzgado cuarto de distrito con sede en Morelia, Michoacán, resulta rara y preocupante, porque perjudicaría el derecho de los empleados a la huelga en la defensa de sus derechos y vulnera la autonomía de una institución pública que tiene garantizado constitucionalmente su derecho a una gestión académica y administrativa propias.

Recordó que el derecho a la huelga de los trabajadores, sea en empresas o instituciones de educación superior, está garantizado en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y contempla la suspensión de actividades.

Si bien existe una requisa –en el caso de instituciones de salud y en educación básica y otros servicios–, ésta no está prevista para los sindicatos universitarios.

En tanto que la autonomía universitaria es una garantía para que las instituciones educativas superiores operen sus regímenes académico y administrativo de forma independiente, por lo que la orden de un juez respecto de cómo operar sus servicios es a todas luces una vulneración a esa condición.

Imanol Ordorika, director general de Evaluación Institucional de la UNAM, indicó que se trata de una discusión política que se intenta dividir jurídicamente.

Para el investigador, la resolución judicial atenta contra los derechos laborales de los trabajadores y cuestionó la posibilidad de que el amparo pueda aplicarse. Habría que ver si se sostiene constitucionalmente el dictamen del juez.

Ayer, La Jornada publicó que en una resolución insólita, el juzgado cuarto de distrito resolvió otorgar a alrededor de una decena de estudiantes la suspensión provisional contra actos del presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje ante el emplazamiento a huelga del Sindicato Único de Empleados de la Universidad Michoacana para el próximo 17 de octubre.