Martes 23 de julio de 2013, p. 35
En el nuevo Código de Procedimientos Penales, que entrará en vigor el primero de enero de 2015 y el cual se publicó ayer en la Gaceta Oficial de la ciudad, se estipula que los jueces y magistrados aplicarán sus procedimientos de acuerdo con el sistema de enjuiciamiento penal acusatorio y método oral. Es decir, a partir de la fecha señalada todos los juicios penales deberán ser orales.
Además del cambio en el modo de impartir justicia, fija candados penales, como que a los predios que no cuenten con el uso de suelo correspondiente para construcción, se les asegurará el folio en el Registro Público de la propiedad para que no puedan ser regularizados ni vendidos.
El código destaca que tendrán prioridad en su aplicación los mecanismos alternativos de solución de controversias, siempre que la víctima y el imputado participen juntos en la solución de las cuestiones derivadas del hecho delictivo.
Asimismo, las partes involucradas tienen derecho a conocer los hechos, indicios, datos, medios de prueba y argumentos para que puedan debatir y contradecirlos. Las audiencias en las etapas del proceso serán continuas, por lo que no podrá decretarse receso, salvo las excepciones previstas en este eódigo o cuando el juez o magistrado lo considere necesario.