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Elogia el manejo del caso Radilla Pacheco y los límites del fuero militar

Reconoce la CIDH avances de la Corte en la protección de los derechos humanos
 
Periódico La Jornada
Miércoles 26 de junio de 2013, p. 17

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sostuvo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es ya un referente para la región por su impulso en la protección de los derechos humanos que influyó, incluso, en todas las esferas gubernamentales.

Al reconocer el amplio esfuerzo del máximo tribunal para que el Estado mexicano cumpliera con la sentencia del caso Radilla Pacheco, el organismo internacional destacó la resolución de la Suprema Corte respecto a que el fuero militar no puede operar bajo ninguna circunstancia frente a la violación de los derechos humanos de civiles y el reconocimiento de la competencia de la jurisdicción ordinaria para aquellos casos.

En lo que respecta a las limitaciones a la jurisdicción penal militar, la CIDH subrayó que constituye un importante avance en relación con la limitación del fuero militar en México y revela la incidencia del sistema interamericano en la protección de derechos humanos para superar obstáculos en el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado en esta materia.

La opinión de la CIDH fue emitida el pasado 14 de mayo, en el contexto de una resolución respecto del avance del cumplimiento por parte del Estado mexicano, de la sentencia del caso Radilla Pacheco.

En un comunicado, la SCJN informó lo anterior y aseguró que con este señalamiento la CIDH reconoció la labor realizada por el Poder Judicial de la Federación, el cual a través del despliegue de un importante esfuerzo institucional, contribuyó para que el Estado mexicano cumpliera con una obligación internacional, derivada tanto de la sentencia de la Corte Interamericana, como de los tratados internacionales de los que el país es parte.

En la resolución enfatiza la importancia de los acuerdos alcanzados por la SCJN en el expediente varios 912/2010 (en el que analizó el cumplimiento del caso Radilla), como es el reconocimiento de la obligación a cargo del Poder Judicial de ejercer un control de convencionalidad ex officio entre las normas internas y la Convención Americana.

Asimismo, por la relación entre el control de convencionalidad y el artículo primero de la Constitución Federal; especialmente con el principio de interpretación conforme y el principio Pro persona.

También por el hecho de que la Corte estableció que las decisiones de la Corte Interamericana con respecto a México, son obligatorias para todos los órganos del Estado, en sus respectivas competencias, y que el resto de la jurisprudencia tendrá el carácter de criterio orientador de todas las decisiones de los jueces mexicanos, pero siempre en aquello que sea más favorecedor a la persona.