las tres de la mañana del primero de junio pasado se firmó el convenio que dio por revisado el contrato colectivo de los sobrecargos en Aeroméxico. Se evitó así una huelga que nadie deseaba, pero que parecía inminente. Hubiera estallado si la empresa insistía en condicionar la negociación a la imposición de un nuevo régimen laboral para los sobrecargos contratados en el futuro, con salarios disminuidos, sin prestaciones y en condiciones sensiblemente inferiores al personal activo.
La negociación concluyó con un incremento salarial de 4.7 por ciento y una mejora en prestaciones del orden de 1.5; se recuperó el derecho que la ley señala para la revisión anual de los sueldos, se formalizó el compromiso del secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, de dejar indefinidamente sin efectos una injusta demanda planteada por la empresa, tendente a reducir las percepciones de todo el personal, y como punto de encuentro en el tema reclamado por la misma, se acordó crear una comisión mixta que en un término de 90 días revisaría el modelo laboral vigente, para identificar y resolver los factores que pudieran afectar su productividad y competitividad. Dicha comisión se abocaría los primeros 30 días a discutir lo relacionado con el personal de nuevo ingreso.
Iniciados los trabajos de la comisión mixta, la empresa expresó su pretensión: reducir 64 por ciento los salarios del personal contratado en el futuro y suprimir prácticamente todas las prestaciones contractuales; en su petición llega al extremo de terminar con la prestación del fondo de retiro individual y la cláusula de apoyo para las sobrecargos embarazadas.
Con carácter enunciativo apuntamos cuatro conclusiones o enseñanzas que nos brinda el conflicto de Aeroméxico. La primera consiste en señalar que es inaceptable desde el punto de vista jurídico, moral y social la existencia de los llamados contratos B, entendidos como un sistema de contratación diferente entre los trabajadores en activo y los trabajadores futuros, ya que violan un principio elemental contenido en nuestra Carta Magna, el cual garantiza que para trabajo igual debe corresponder un salario igual
(fracción VII del artículo 123); también es contrario a los convenios internacionales en materia de derechos humanos suscritos por nuestro país.
Es inaceptable, porque condena a la juventud futura a laborar en condiciones deplorables sólo porque no pudieron defenderse, ausencia que al reponerse en el futuro generará un conflicto entre los miembros de la generación actual y la nueva, ya que estos últimos crecerán en número y votos y culparán a los anteriores por la privación de derechos a que fueron condenados. Se trata de un futuro suicida para los gremios.
Es inadmisible también porque al existir un marcado diferencial en el costo laboral, los trabajadores en activo tenderán a ser desplazados en su materia de labor y estabilidad en el empleo por los empleadores, pues más allá de cualquier garantía o promesa, el día de mañana éstos, con el apoyo creciente de los nuevos, exigirán cambios que superen los privilegios
de los antiguos.
La segunda conclusión es el rechazo a que los juicios tendentes a salvar de la quiebra a las empresas, como son los conflictos colectivos de naturaleza económica, sean utilizados como medio de chantaje para presionar a trabajadores en activo para que accedan a condenar a los próximos a condiciones precarias. En el caso de Aeroméxico, está demostrada su salud financiera como grupo empresarial o unidad económica junto con la línea aérea Connect.
Una tercera conclusión se relaciona con la necesidad de distinguir la odiosa figura del contrato B, de un razonable y prudente diálogo productivo entre empresas y sindicatos para fortalecer las fuentes de trabajo y darles viabilidad competitiva y productiva. Existen múltiples maneras de lograrlo a partir de un diagnóstico objetivo. Los sindicatos y los trabajadores deben estar permanentemente interesados en que las empresas donde laboran sean viables, porque de ello depende la seguridad en su empleo, pero no hay que confundir el ajuste permanente del modelo laboral sustentado en un diálogo responsable, con la imposición de un modelo precario que simula proteger a los activos a cambio de castigar a la juventud futura.
Por último, la cuarta consideración apunta a la necesidad de que el gobierno asuma un papel proactivo para promover el equilibrio y evitar la competencia desleal sustentada en salarios bajos, que simplemente aceleran la degradación social e incrementan la pobreza y la inseguridad. Es cierto que frente a los sueldos miserables de Volaris, Interjet y Connect, cualquier salario mediano se considera alto, pero esos salarios injustos no pueden ser el parámetro a seguir porque su condición, como ha señalado atinadamente el dirigente de ASSA, Ricardo del Valle, se explica por la ausencia de sindicatos reales y democráticos y por la existencia de contratos colectivos de protección patronal, tema que se pretende ocultar.
Conviene observar la experiencia internacional para comprobar las soluciones viables a este tema, mediante acuerdos sectoriales o convenios por rama de actividad, que los propios Estados promueven. Se trata de reglas mínimas de carácter laboral y de condiciones de trabajo que permitan competir lealmente a las empresas, y no sobre la base de un “ dumping salarial”, como se practica en México. Estos acuerdos favorecen un proyecto social sostenible y son producto neto del diálogo social que no existe en nuestro país, porque estamos atrapados en un esquema de simulación, corrupción y control gremial. En este sentido, tienen cierta razón los empleadores cuando reclaman que existan reglas de mercado similares para competir; la clave está en construir en el sector un acuerdo laboral que concilie las necesidades productivas con salarios justos. Ello redundará no sólo en beneficio de trabajadores y empresarios, sino también de los usuarios del servicio aéreo, porque un modelo laboral justo es condición para la seguridad de las operaciones aéreas.