18 de mayo de 2013     Número 68

Directora General: CARMEN LIRA SAADE
Director Fundador: CARLOS PAYAN VELVER

Suplemento Informativo de La Jornada

Michoacán

Guardias de la Costa,
la Meseta, el Oriente…


FOTO: Agencia Esquema de Michoacán

Eugenio Bermejillo

Detrás del escándalo del los choques entre narcos que se hacen llamar policías comunitarias en Tepalcatepec y Buenavista Tomatlán, en Michoacán, hay un proceso de organización comunitaria para generar mecanismos de seguridad frente al crimen. Con menos notas periodísticas, pero más policías, los nahuas de la costa, los purépechas de la Meseta y los mazahuas y hñahñúdel oriente del estado están buscando en la tradición centenaria de las rondas bases para instituciones de autodefensa propias.

Algunos hablan de entre 20 y 30 comunidades indígenas con organizaciones policiales. En los recuentos se menciona a Ostula en la costa; Chilchota, Cherán, Nahuatzen, Paracho, Urapicho, Ocumicho, Turícuaro, Comachuén, Capácuaro Pamatácuaro y Charapan en la Meseta; se dice de Cherato, Cheratillo, Oruzcato y 18 de Marzo, en Los Reyes, y de once comunidades de la zona mazahua-hñahñú, que se han coaligado bajo un esquema coordinado.

Tres razones

El 16 de marzo en la comunidad de Urapicho, Abundio Marcos leyó un texto en el que apunta tres razones que respaldan la existencia de las rondas michoacanas. Como parte de la razón jurídica citó los artículos 1 y 2 de la Constitución mexicana, el tercero de la Constitución michoacana, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Pacto Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos.

Trascribimos las otras dos razones.

La razón histórica: Antes de la llegada de los españoles, el Pueblo P’urhépecha, como todos los pueblos indígenas, tenía su ejército para la defensa de su territorio y de su gente. Su base militar eran los K’ata’piriicha (policía comunal, comúnmente llamado ronda). Esta base militar era para resguardar el orden de un núcleo poblacional o de una comunidad; sus integrantes obligadamente eran de la propia comunidad. Eran nombrados para cada fiesta o actividad que implicara riesgo de alteración social, eran rotativos. El número de miembros de una ronda, variaba, según el número de habitantes de una comunidad.

De esta base militar se seleccionaban los miembros que integraban el ejército del pueblo, es decir, el ejército p’urhépecha. Los jefes militares de esta policía indígena eran los que hacían los reportes de las conductas de los comuneros para su premiación o sanción, según ameritaran.

La razón cultural: No cualquier comunero podía ser K’ata’piri (policía). Se observaban algunos criterios, entre ellos la fortaleza física, ser honorable y observar una buena conducta. Esto era para el caso de los K’ata’piri Patsari (policía de vigilancia); para el caso de los Kéri K’ata’piri (jueces o juzgadores), los criterios eran diferentes: haber sido K’ata’piri, ser honorables y haber ocupado otros puestos de la comunidad. Éstos eran los que juzgaban a los que cometían delitos dentro o fuera de la comunidad, además de sentenciar a los infractores con las sanciones correspondientes.

Los K’eri K’ata’piriicha, eran los jueces para la premiación y sanción en los Años Nuevos P’urhépechas. Además, deberían llevar a sus casas a los infractores para inculcar una nueva reeducación y ser buenos comuneros. Los K’eri Káta’piriicha, tenían dos K’ataperakueecha (cárceles y juzgados), uno en Tzintzuntzan y otro en Tsakapindu (Zacapu). En estos juzgados, ya no solo eran K’eri K’ata’piriicha, ya se integraban los Petamutiicha (los señores mayores), para deliberar los delitos que se les imputaban los detenidos y sancionar con justicia.

Cada una con antigüedad, estilo, fuente de financiamiento y arraigo comunitario diferente, pero todas con una base, a veces más cercana, a veces más lejana con la tradición comunal de origen prehispánico. Ni siquiera tienen al mismo nombre, pueden llamarse rondas, guardias o policías. Son organizaciones recientes y armadas. Quizá la fecha que abre esta nueva camada sea el 2009 con Ostula, aunque ahí, dice Abundio Marcos Prado, dirigente del Movimiento Indígena Nacional (MIN) y de la Nación Purépecha, “no se habló de policía comunitaria, sino simplemente de comunidad organizada para la defensa de sus recursos”.

Está, por supuesto, la organización que surgió de las barricadas que como retenes improvisaron las valientes mujeres de Cherán. Y que ahora, después de las sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que sancionó su autodeterminación en la forma de elegir a sus autoridades, ha equipado e institucionalizado sus rondas. El caso de Cherán sirvió de ejemplo para muchas comunidades de la Meseta Purépecha, pero es atípico. Al ser cabecera municipal, recibe los recursos de ley que le corresponden como ayuntamiento, que han servido para equipar y mantener su seguridad. Este elemento es suficiente, según Alejandro Avilés Reyes, de la Secretaría de Pueblos Indígenas michoacana, para dejar de catalogarla como policía indígena y comunitaria y considerarla una “policía municipal”.

Sin embargo, el salario de los guardias de Cherán no impidió que esta comunidad fuera incluida en la comisión de pueblos indígenas que surgió de la reunión de policías comunitarias, que se celebró el 16 de marzo en la comunidad de Urapicho del municipio de Paracho. Quizá el elemento que más se repite entre las comunidades asistentes es el hartazgo ante el descarado robo de madera y la percepción de que las policías institucionales eran cómplices del saqueo. A esta reunión asistieron 32 autoridades comunitarias, además de representantes y organizaciones campesinas e indígenas. En este encuentro se creó un órgano indígena responsable de dar seguimiento a la creación de policías comunitarias y apoyar a las que ya existen.

“Todas las comunidades indígenas de la Meseta Purépecha están armadas, todas incluyendo mi comunidad”, dice Marcos Prado; “eso se creó desde que la Reforma Agraria empezó a medir las tierras, cuando nos confrontó con otras comunidades” Y bromea: “yo las únicas armas que conozco son las de siete milímetros, yo no sé si es uso exclusivo de los indígenas”. El dirigente del MIN afirma que los calibres han crecido. Recuerda el ejemplo de una comunidad que tenía un corral especial para guardar el ganado robado a las vecinas. “Imagínate un abigeo no trae cualquier arma, no es una 22, las armas de policías municipales quedan chicas”.

Abundio Marcos destaca un caso michoacano que no aparece en la prensa nacional, el de la zona mazahua y hñahñú en el oriente del estado: “Ahí son 11 comunidades, cada una aportó su número de guardias. Son pagados por su propia comunidad. Nadie, ni federales ni estatales entran y yo creo que no se animan porque las comunidades pueden agarrar a la ciudad de México por los cuernos, le pueden cortar el agua del Sistema Cutzamala”. Marcos Prado añade que fue el robo de la madera y la afectación de las ricas huertas aguacateras lo que motivó las guardias. ”En una sola noche no aparecía un fruto en toda la huerta, imagínate de toda una temporada de trabajo, y la inversión que hay”.

Ya se realizó un encuentro michoacano de policías comunitarias, ya se han reunido con representares de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC). Está en la agenda de las guardias michoacanas un evento nacional antes del 30 junio. “Tenemos pensado invitar a por lo menos experiencias de San Luis Potosí, Tlaxcala, Chiapas, Oaxaca, Jalisco y, por supuesto, Guerrero”, concluyó Abundio Marcos.

Mixtecos

Tee Iso Tiñu Ñuú Siki

Francisco López Bárcenas

Los mixtecos y la región de donde son originarios, tal como existe en el imaginario gubernamental y en la mayoría de los mexicanos, son una invención. Los pueblos denominados mixtecos se nombran a ellos mismo ñuú savi o na savi, según las variantes lingüísticas más conocidas, y a su lugar de origen lo llaman nuhu savi. El ñuú es el pueblo y el ñuhu el territorio, dos conceptos alrededor de los cuales gira su vida comunitaria, tan importantes e interdependientes que la existencia de uno es impensable sin la del otro y la transformación del primero también alcanza al segundo.

La base del ñuú es el tan’a, cuyo significado se asemeja a familia ampliada, marcada por el sa’a, trabajo que entre sus integrantes se prestan para la solución de sus problemas. En el tan’a también descansa el trabajo comunitario –tiñu ñuú– y las fiestas –viko–, dos actividades muy presentes entre los pueblos, que representan el sacrificio y el goce entre ellos.

Todas estas prácticas comunitarias persisten gracias a las formas propias de organización de los pueblos, los sistemas de cargos, que entre los ñuú savi se conocen como tiñu ñuú. A quienes forman parte de ellos se les nombra tee iso tiñu ñuú siki o yoso tiñu ñuu siki, hombres de cargo o tee to’o, hombres que se encuentran investidos de autoridad. Entre los cargos tradicionales de carácter civil resalta los Tatun (el que hace los mandados), que equivale a Topil; Mayu, como se nombra a los policías; Mayu ya´a un (policía grande), el comandante de policía; Tatun ne’enu (el que carga las varas de mando), el Mayor de varas; To’o tee tute o To’o tu’uva (autoridad que lleva los papeles, o autoridad que sabe), conocido como Secretario; To’o ntito xu’u (autoridad que cuida o guarda el dinero), el Tesorero; To’o sa’a nto cuechi (autoridad que soluciona los problemas), el Alcalde, y To’o ne’enu (autoridad grande, de mayor jerarquía), el agente municipal.


FOTO: Papel Revolución

Los cargos de Tatun, Mayu, Mayu ya´a un y Tatun ne’enu son la base de los tee iso tiñu ñuú siki, por donde se empieza a servir al pueblo, por eso no son To’o, vocablo que designa autoridad y por lo mismo responsabilidad para la toma de decisiones. Pero no por eso pueden considerarse cargos menores. A los topiles corresponde realizar todas las diligencias que las autoridades superiores les ordenan; puede decirse que son autoridades ejecutoras de las decisiones de las demás y por lo mismo de ellos depende que las decisiones de las autoridades lleguen a su destino, sean los miembros del pueblo u otras autoridades. Sobre las policías comunitarias descansa la paz y seguridad de los pueblos. Para lograrlo realizan rondines por todo el territorio del pueblo, incluyendo el destinado a la siembra y los bosques, y detienen a las personas que alteran el orden o cometen algún delito; las entregan al Alcalde, que determinará si el caso se resuelve entre los miembros de la autoridad comunal o lo remiten a las autoridades municipales mestizas.

Sus responsabilidades aumentan cuando el pueblo tiene problemas, como la presencia de agentes externos a los pueblos de dudosa reputación o los conflictos que a veces tienen con sus vecinos. En estos casos, cuando lo consideran necesario, los policías pueden pedir al pueblo que les aumente el número de miembros o, inclusive, que el mismo pueblo los ayude en acciones concretas. En el ejercicio de este cargo muchas veces tienen que enfrentar a las autoridades civiles o militares de los mestizos, que insensibles de la forma de mirar los problemas de los pueblos, quieren imponer su voluntad o la ley estatal; en otras ocasiones son detenidos bajo el señalamiento de estar usurpando funciones o abusando de su autoridad, por no tener reconocimiento legal; los remiten a la cárcel para someterlos a proceso judicial. Cuando esto sucede, las autoridades del pueblo o el pueblo mismo se movilizan para liberarlos.

La existencia, pues, de las policías comunitarias entre los pueblos indígenas de México, no debería sorprender a nadie, menos a las autoridades gubernamentales, porque forman parte de los gobiernos indígenas, que ellos dicen reconocer. Pero se sorprenden porque en la ideología que se formaron el monopolio de la fuerza estatal la tienen ellos y no están dispuestos a compartirla con los pueblos indígenas, aunque ya no puedan con los problemas. Más les valdría rectificar y ver la realidad, porque los pueblos no van a dejar de mantener sus policías comunitarias y en la medida que la inseguridad aumente, seguro las van a fortalecer. Porque mientras los gobiernos inventan la realidad de los pueblos para ajustarla a sus moldes organizativos, éstos la recrean para seguir siendo pueblos, con un pasado y un horizonte distinto al que les quieren imponer.

Hidalgo

Guardianes comunitarios huastecos: proteger y ser protegido

Mauricio González González y Sofía I. Medellín Urquiaga Cedicar/ENAH

En la Nueva España los pueblos de indios, a diferencia de los pueblos sujetos, se caracterizaban por tener un cabildo indígena independiente y electivo, un consejo que representaba a la colectividad ante autoridades coloniales. Su jerarquía estaba encabezada por un gobernador, alcaldes, regidores y un escribano, además de algunos cargos menores que trascendieron la normatividad colonial, como el de topil, tekitlato, kalpixke y chinampixque, formando híbridos que incluían también nombramientos religiosos como mayordomías y fiscales de iglesia.

Hoy en día, en las comunidades nahuas de la Huasteca hidalguense y veracruzana se pueden encontrar diversos tipos de autoridades (totekiuaj, totekichiuanimej o totekiuijmej), cuyo número varía en función de los cargos y barrios de cada comunidad (aunque 25 o 30 es la media). Estas autoridades tienen la característica de mantenerse en dos esferas, lo que impone constante tensión: por un lado participan de las decisiones colectivas propias del máximo órgano de decisión comunitario, la Asamblea General; por el otro, se les delegan responsabilidades municipales como la impartición de justicia y vinculación con ayuntamientos, donde la donación de trabajo y dinero no es excepción.

La estructura de las autoridades comunitarias en Hidalgo está constituida por un Jues Primero o Delegado primero y un Jues segundo, un Mayor (suplente del Delegado primero) y un Mayor segundo (suplente del Delegado segundo), además de un número variable de policías (topilmej o pitsatekuijmej), dentro de los cuales suele contarse con un Comandante y un Comandante segundo. Su periodo comprende un año y les es asignado por medio de la Asamblea General. En el municipio de Xochiatipan, Hidalgo, ésta se efectúa cerca de Xantolo o Todos Santos, pues la norma impide que exista autoridad que no cuente con la aprobación de todos los integrantes de la comunidad, incluyendo a los pasados, con cuerpo o sólo en tonalij (sombra), que en ese tiempo rondan las comunidades, lo que explica por qué anteriormente muchas Asambleas se efectuaban en campo santo, ocurriendo aún en poblados como Ohuatipa. En otras comunidades, como Tenexhueyac, la elección de autoridades se realiza por Asamblea de “Delegados Pasados” (Ueuetlakamej), la cual se hace después de un convivio que organiza el Jues en turno. Al finalizar el evento sólo quedan los ex Delegados, quienes en la madrugada deciden quiénes llevarán los cargos.

Las funciones de los topilmej comprenden resguardar el orden en la comunidad, protegerla y asistir a las autoridades en los trabajos comunitarios, como “ranchear” para dar notificaciones y convocar a Asambleas. En materia de impartición de justicia, el marco de decisión es la tradición, caso por caso, aunque recientemente se han incluido contenidos sobre derechos humanos con el fin de evitar excesos. Las principales acciones punitivas son multas y cárcel por un día en delitos como el escándalo público, riñas, agresiones a mujeres y brujería. Las multas económicas en delitos como robo son para resarcir daños, reponiendo el bien usurpado. Cuando el delito lo amerita se da parte al municipio, que canaliza al presunto responsable a la policía estatal si así se requiere, sea por lesiones graves, asesinato o violación.

La cualidad de la decisión colectiva de estas comunidades hizo que la recuperación de tierras por mano campesina en los años 70s y 80s fuera asamblearia, lo que hacía que muchos de los comisionados se convirtieran en topiles que resguardaban los terrenos tomados, ejerciendo la multifuncionalidad característica de la producción rural en beneficio de la reforma agraria maseual, recuperación que de inmediato participaba de la siembra en faena de frijol y maíz después de haberse cumplido el correspondiente protocolo ritual a la Tierra. Y este aspecto no ha de obviarse, pues si se presta oídos a la mitología regional, se constata en la cosmogonía que después de la anulación de la humanidad anterior por un diluvio, se efectuó una Asamblea de los “Patrones”, donde se asignaron Comisiones que hoy día dan la principales cualidades a las potencias, dentro de las que destacan los tlamokuitlauijketl, Testigos o Guardianes cuyos recortes antropomorfos de papel suelen colocarse tanto en las ofrendas al Viento, como en el xochimekatl, cordón de flores por donde llegan las deidades al altar de todo ritual vernáculo. Pero el guardián principal del pueblo es, además del Santo Patrón, el Cerro Patrón, quien funge a la manera de un municipio en el cuidado comunitario. Proteger es ser protegido en la Huasteca, función que resguarda en su hacer la costumbre y condición de posibilidad de su existencia.

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