Viernes 26 de abril de 2013, p. 20
La Cámara de Diputados aprobó ayer una reforma a los códigos Federal de Procedimientos Penales y Penal Federal, así como a las leyes orgánicas del Poder Judicial de la Federación y de la Procuraduría General de la República (PGR) para regular la facultad de atracción del ministerio público federal para investigar delitos del orden común cometidos contra periodistas.
Con 451 votos a favor y la abstención de Angélica Melchor Vázquez (PRD), el pleno de la Cámara avaló la minuta del Senado, que define en qué momentos y circunstancias la PGR deberá investigar amenazas, ataques o hechos que pongan en peligro a los periodistas o personas que se dediquen al oficio periodístico, aun cuando las agresiones no estén asociadas a delitos del fuero federal.
Durante la discusión del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, la diputada Aurora de la Luz Aguilar (PAN) celebró que la reforma contribuirá a terminar con los abusos cometidos por administraciones estatales.
Una vez votada la minuta, se envió al Presidente de la República para que publique la reforma y, cuando entre en vigor, el Ejecutivo tendrá 180 días naturales para expedir las adecuaciones al reglamento de la Ley Orgánica de la PGR, para que determine la unidad administrativa que conocerá de los delitos federales cometidos contra periodistas.
Al avalar sin cambios la minuta del Senado, la Cámara de Diputados confirmó que, a solicitud expresa de los comunicadores, la PGR podrá ejercer la facultad de atracción para conocer y perseguir los hechos denunciados y los jueces tendrán competencia para juzgarlos.
La facultad de atracción se ejercerá en los siguientes casos:
Cuando existan indicios de que la agresión surja de un funcionario público de los estados y municipios o en su denuncia o querella, la víctima o el ofendido señale como presunto responsable a algún funcionario; en caso de que se trate de delitos graves; cuando la vida o la integridad física del periodista se encuentre en riesgo real; a solicitud de autoridad competente de la entidad federativa donde se haya cometido; en caso de que el delito impacte de manera trascendente el ejercicio del derecho a la información o a las libertades de expresión de imprenta.
En tanto, el Congreso de San Luis Potosí aprobó, sin asignar un fondo económico, la Ley de Protección al Ejercicio del Periodismo para garantizar el derecho de los comunicadores a ejercer su profesión sin menoscabo de su integridad, seguridad y la de sus familias.
El diputado de la fracción del PRD Filemón Hilario Flores, quien es el impulsor de esta iniciativa, mencionó que entre las bondades de la ley se encuentra el derecho de mantener en secreto la identidad de las fuentes que le hubieren facilitado información al periodista, además de que el titular del Ejecutivo del Estado deberá implementar las medidas tendientes a difundir los derechos de los periodistas, mediante programas permanentes o eventuales de información
. Asimismo que las autoridades de cualquiera de los poderes del Estado deberán abstenerse de obstruir el ejercicio del periodismo