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Con las reformas aprobadas se resolvieron las principales objeciones formuladas

La ley de víctimas ya está en condiciones de aplicarse de inmediato, dice experto
 
Periódico La Jornada
Lunes 22 de abril de 2013, p. 7

Con las reformas a la Ley General de Víctimas –aprobadas recientemente en el pleno de la Cámara de Diputados– esta herramienta jurídica resuelve las principales objeciones que se le habían formulado y está en condiciones de aplicarse de inmediato, afirmó Silvano Cantú, abogado especialista en temas de derechos humanos.

‘‘Es una muy buena noticia que el Congreso de la Unión haya concluido este proceso de mejoramiento de la ley, y esperamos que esté acompañado por una pronta publicación para que se implemente lo antes posible y se garanticen los derechos de las víctimas con acciones concretas’’, afirmó Cantú en entrevista con La Jornada.

Aunque dijo estar consciente de que la norma generó polémica entre diversos grupos, con críticas de buena fe, pero también con algunas ‘‘descontextualizadas e incluso cruzadas por intereses particulares’’, el litigante indicó que fueron escuchados todos los señalamientos, lo cual ayudó a afinar algunos detalles de técnica jurídica sin dejar de preservar el carácter garantista de la ley.

‘‘Una de las críticas más frecuentes tenía que ver con la viabilidad del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, porque en su primera formación tenía más de 3 mil miembros, contando a gobernadores y alcaldes, lo cual era insostenible. Con la reforma este número se ajustó para dejarlo en 30 o 40 personas para hacer viable el mecanismo’’, explicó el abogado.

Por otro lado, las modificaciones aprobadas en el Congreso dejan claramente establecido que los únicos delitos en los que el Estado mexicano deberá otorgar una ayuda subsidiaria a las víctimas del delito cometido por algún particular, cuando éste no pueda ser detenido o no tenga capacidad económica para ello, son los que atacan el derecho a la vida, la integridad y la libertad.

En esos casos, el tope máximo de indemnización es de 500 veces el salario mínimo, equivalente aproximadamente a un millón de pesos. Cuando el Estado sea responsable directo de una violación de derechos humanos, indicó, no habrá límite alguno en este sentido. De igual manera, se dispuso una base mínima de 0.014 por ciento del presupuesto anual para atender los requerimientos de las víctimas, se acordó que una parte de los recursos decomisados al crimen organizado sean utilizados para este fin y se fijó la obligación de todos los estados de crear fondos-espejos.

Cantú subrayó que en el proceso de reforma a la legislación se escuchó a todos los grupos que hicieron críticas de buena fe. ‘‘Hubo observaciones pertinentes de algunos funcionarios de la administración calderonista y todas las incorporamos, al margen de que vinieran de un gobierno que se enemistó públicamente con la ley’’, recordó.

Finalmente, con respecto a las críticas que se han vertido desde otras organizaciones de la sociedad civil sobre que la Ley General de Víctimas se concentra demasiado en el tema de las indemnizaciones económicas, el abogado enfatizó que la norma no fue creada para ‘‘abrir ventanillas de pago de cheques’’, pues sus objetivos primordiales son buscar el acceso de los afectados a la verdad y la justicia.