En el libro blanco se propone transferirlas al TEPJF
Martes 2 de abril de 2013, p. 10
El aumento sustancial en la presentación de quejas durante los procesos electorales obliga a la revisión de los procedimientos especiales sancionadores, con el fin de preservar su eficacia, sin afectar la organización electoral. En el borrador del libro blanco que elabora el Instituto Federal Electoral (IFE) se reconoce la importancia de analizar si es preciso mantener esta facultad en el organismo o trasladarla al área judicial.
Entre los 15 capítulos del documento en construcción destaca el análisis sobre el crecimiento exponencial de quejas en los últimos procesos electorales. Se buscan opciones para acotar, por ejemplo, la presentación de reclamaciones deliberadamente frívolas, sin limitar el acceso a la justicia.
“En muchas ocasiones, la presentación de las quejas y denuncias no obedece a la genuina búsqueda de justicia, sino a estrategias político-propagandísticas.
“El IFE se convierte así –dice el proyecto de libro blanco, diagnóstico del instituto sobre las elecciones 2012– en un escenario de espectáculo mediático-político más que en un órgano de deliberación jurídico electoral.
Esta situación debe ser inhibida, pues supone un desgaste institucional que pone en peligro el correcto funcionamiento institucional
, considera.
En el documento se define la queja frívola como aquella que es estéril, superflua, con falta de objetividad y que carece de relevancia
.
Por ahora, continúa el análisis, el IFE no cuenta con herramientas que le permitan poner freno a la situación. En este sentido, una opción que paliaría la presentación de quejas frívolas sería considerarlo como un ilícito administrativo
.
Se aduce que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sí tiene la posibilidad de sancionar la frivolidad, por lo que, de forma análoga, no habría razón jurídica para que el instituto no pudiera hacerlo.
En cuanto a la necesidad de revisar los alcances de los procesos especiales sancionadores, se señala que están diseñados para evitar la propaganda ilegal, los actos anticipados de campaña y hechos que afecten la equidad de la contienda.
Dichos procesos ha representado para el IFE un costo en su imagen
frente a los partidos quejosos, lo cual repercute en el resto de acciones que el instituto realiza para la organización electoral, agrega.
El crecimiento de esos procesos especiales ha implicado que el organismo destine cada vez mayor tiempo a su desahogo, lo que hace cuestionarse, dice el instituto, si la imposición de sanciones es compatible con la función principal de organizar y conducir los procesos electorales, si la facultad sancionadora es necesaria para preservar la equidad de la competencia democrática
.
Hasta ahora existen dos opciones: preservar el actual esquema sancionador, conservando en el instituto las herramientas punitivas o trasladarlas al área judicial (al TEPJF), señala.
El mantenimiento o no de la potestad sancionadora en el IFE constituye una decisión ante todo jurídica, institucional y política
, que además pondera la eficacia del procedimiento para salvaguardar la equidad del proceso electoral e inhibir conductas infractoras futuras de manera expedita, por lo que la decisión no debe dejar de lado su pragmatismo, eficiencia y accesibilidad
, señala el borrador del libro blanco.
Por ahora el documento está a discusión de consejeros y partidos políticos en el IFE, hasta su aprobación en el Consejo General. En su momento se entregará al Congreso, que valorará la viabilidad de reformas sugeridas por el organismo.