Sugiere evaluar exámenes de confianza a servidores públicos
Jueves 14 de febrero de 2013, p. 8
El resultado de la prueba de polígrafo no es determinante para determinar que un servidor público mintió, ‘‘y que por ello se infiera su falta de honestidad’’, estableció la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual precisó que la Procuraduría General de la República (PGR) debe evaluar de manera conjunta los exámenes de confianza que aplique a su personal, a fin de fundar y motivar un eventual despido.
Al resolver un amparo en revisión, los ministros concluyeron que los miembros del Servicio de Carrera de Procuración de Justicia Federal, como los agentes del Ministerio Público, ‘‘no adquieren permanencia en su cargo por el solo hecho de haber satisfecho los requisitos de ingreso y por el transcurso de tiempo’’, sino depende de que aprueben permanente y periódicamente los controles de evaluación de confianza, porque dichos controles constituyen un mecanismo a través del cual la PGR garantizará a la sociedad que sus servidores públicos desempeñan el cargo conforme a los principios que rigen en la institución.
La segunda sala consideró además que la aplicación de los controles de confianza y el eventual despido no implica que se violen derechos adquiridos de los servidores públicos.