Se busca fortalecer la protección de datos personales
Lunes 21 de enero de 2013, p. 7
El Instituto Federal Electoral (IFE) prepara nuevos lineamientos para controlar el acceso al padrón electoral y al listado nominal, con el propósito de tener mayores garantías en la protección de datos personales.
Por conducto del Registro Federal de Electores (RFE), mediante un documento que se pondrá a discusión, pretende incorporar elementos de seguridad en el acceso de los partidos políticos a ambos instrumentos, para proteger la información.
Como parte de sus derechos, los partidos tienen acceso a esta base de datos en poder del IFE, tanto para hacer las observaciones previo a su validación en cada elección federal, o bien para que sus representantes tengan copia del listado nominal con fotografía en vísperas de la jornada electoral, así como solicitudes expresas de cada partido.
Los lineamientos incorporan elementos de seguridad en consonancia con reformas legales que buscan fortalecer la protección de los datos personales. El acceso de los partidos incluye dos vías, la electrónica y la física (para la elección), para la verificación, pero en ambos casos los lineamientos tienen restricciones.
Los representantes acreditados ante las comisiones nacional, locales y distritales de vigilancia serán responsables del uso o destino de los datos personales contenidos en el padrón electoral y las listas nominales, y deberán adoptar las medidas necesarias para salvaguardar la información y documentación que les sea entregada, sin poder darle un uso distinto al de la revisión
.
Para la verificación de forma electrónica, a los representantes se les asignará una clave de acceso, pero se advierte que en las terminales de computación en las que se ponga a disposición de los consejeros locales y distritales solicitantes, se deberá garantizar que la información no podrá ser copiada o almacenada ni tampoco sustraída de las instalaciones del IFE
. Una vez concluida la revisión, la clave de acceso será desahabilitada, cancelándose el acceso.
En el caso de la información que se entrega físicamente, las listas nominales que el IFE proporciona a los partidos políticos para la elección deberá ser devuelta al instituto en un plazo no mayor a cinco días posteriores a los comicios.
En caso de robo o extravío de la información automatizada o física que resulten por la aplicación de los procedimientos previstos en estos lineamientos, deberán hacer la denuncia que corresponda ante la autoridad competente, en un término no mayor a cinco días hábiles de que ocurran los hechos y hacerlo del conocimiento de la dirección ejecutiva del RFE
en ese mismo lapso.