El IFE ordenó analizar si se encriptan domicilios de los electores
Jueves 17 de enero de 2013, p. 12
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desestimó el recurso promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra el Instituto Federal Electoral (IFE) por ordenar un estudio de viabilidad jurídica y un sondeo entre ciudadanos sobre la posibilidad de encriptar el domicilio en las credenciales para votar.
También desechó un recurso del Partido Acción Nacional (PAN) contra la determinación de incluir explícitamente la dirección en la nueva credencial de elector, por considerar que aún no es definitivo el modelo adoptado.
La realización de un estudio no supone en modo alguno la exclusión de la información relativa al domicilio del elector de la credencial para votar, pues se trata de un acto preparatorio, no definitorio. Sólo se alude a una posibilidad de que ciertos elementos del domicilio no sean visibles; de ahí que no pueda estimarse previamente a conocer el resultado del estudio ordenado, que se deje de aplicar el artículo 200
. El sol azteca argumenta que la legislación señala expresamente que ese documento contendrá, entre otros datos, el domicilio.
Paradójicamente, los recursos de ambos partidos eran contrapuestos. El PRD consideraba ilegal el acuerdo porque abría la puerta a encriptar el domicilio, en tanto que el blanquiazul cuestionaba su inclusión en el nuevo modelo de credencial (como ocurre hasta ahora) porque iba en contra de la protección de datos personales que regulan las más recientes reformas.
El proyecto del magistrado Flavio Galván daba la razón al PAN sobre la protección de datos personales, pero seis magistrados votaron en contra, y señalaron que el modelo definitivo de credencial aún está en proceso, como aseguró el magistrado presidente del TEPJF, Alejandro Luna Ramos, por lo que en su momento se discutiría el tema.
Al validar que se desecharan ambos recursos, la magistrada María del Carmen Alanís sostuvo que el IFE ya aprobó un modelo de credencial para votar, con la salvedad de que, cuando se cuente con el estudio técnico-jurídico y los resultados de la consulta a los ciudadanos, se determinará sobre incluir el domicilio, pero con código de barras.
No es lo más ortodoxo; hubiera sido mucho más sencillo que el instituto concluyera todos los estudios y acercamientos, y después se discutiera ocultar o no el domicilio
, apuntó.
Para el magistrado Salvador Nava, ponente en el caso del sol azteca, el IFE razonó sobre la permanente evolución de la credencial de elector para dotarla de mayor eficacia en la meta de fortalecer la protección de los datos personales.
Al justificar su proyecto, dijo que la simple orden de realizar un estudio para determinar la conveniencia de incluir en la credencial datos como la calle, el número del domicilio, no causa agravio al apelante, pues el IFE lo realiza en ejercicio de su autonomía
.
Galván reivindicó en su proyecto que, según las disposiciones constitucionales, toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, y cuando están en poder del algún órgano de gobierno, deben ser resguardados de terceros.
El que sea visible el domicilio del ciudadano en el anverso de la credencial para votar, que es un dato confidencial, no cumple el principio de seguridad en el manejo de los datos personales.
En su proyecto (rechazado) se revocaba el acuerdo del IFE sobre el nuevo modelo de credencial de elector y se ordenaba que, en 10 días, se aprobara otro, fundado y motivado. El tema quedará pendiente hasta que se presente el estudio.