Jueves 10 de enero de 2013, p. 31
Al ejercer su facultad para determinar la no aplicación de leyes electorales por considerarlas contrarias a la Constitución, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la designación de los tres magistrados electorales de Sinaloa, hecha por el Congreso local, tras señalar que dicha instancia impuso requisitos de residencia mínima de cinco años a fin de impedir que Jesús Estrada llegara al cargo. El TEPJF determinó que la decisión del Congreso de Sonora de imponer una residencia mínima constituye una restricción al derecho fundamental de ocupar un cargo público, la cual no resulta razonable ni justificada (...) y excede en más del doble la exigida constitucionalmente para cargos de mayor jeraquía, como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
. Por ende, los magistrados resolvieron que la disposición viola la Constitución y exigieron reponer el procedimiento. El TEPJF también revocó la designación de Alejandro René Soto como consejero electoral de Hidalgo, por incumplir la disposición de retirarse de cualquier cargo directivo de un partido al menos cinco años antes de su designación como consejero. Soto fue comisionado presidente de la Comisión Estatal Electoral del PAN entre el 25 de noviembre de 2009 y el 14 de octubre del 2012, por lo cual se ordenó al Congreso hidalguense designar a otro consejero.