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Estuvieron en la cárcel casi tres años y no tuvieron acceso a un traductor para el juicio

Ordena SCJN liberar a 2 activistas indígenas
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Los activistas Pascual Agustín Cruz y José Ramón Aniceto Gómez, quienes defendieron el derecho de su comunidad a recibir agua potable, fueron liberados ayer del Centro de Readaptación Social de Huauchinango, Puebla, luego de estar recluidos desde octubre de 2009, acusados del robo de un automóvilFoto José Castañares / La Jornada de Oriente
 
Periódico La Jornada
Jueves 29 de noviembre de 2012, p. 37

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó ayer la inmediata libertad de los indígenas José Ramón Aniceto Gómez y Pascual Agustín Cruz, luchadores sociales detenidos el 27 de octubre de 2009 en el municipio de Huachinango, Puebla, acusados de robo de vehículo con violencia.

Cuatro ministros consideraron que en el proceso penal en su contra se violaron los derechos constitucionales de los acusados a la legítima defensa y el debido proceso, pues no tuvieron los servicios de un intérprete traductor que hablara su lengua natal.

José Ramón y Pascual eran considerados por Amnistía Internacional (AI) presos de conciencia, pues luchaban por el derecho de su comunidad a recibir agua potable y en su proceso penal se detectaron irregularidades graves.

En enero de 2011 la justicia poblana los condenó a seis años y 10 meses de prisión y les impuso una multa de 550 días de salario mínimo.

En el salón de sesiones estuvieron Salustia Aparicio, esposa de Pascual Aguastín, y Brígida Cruz, de José Ramón.

Salustia Aparicio dijo entre lágrimas que cuando su marido fue detenido ella sufrió mucho para alimentar a sus seis hijos, mientras Brígida Cruz señaló que uno de sus hijos tuvo que dejar la escuela porque el encarcelamiento de su esposo la obligó a gastar en trámites legales.

Ambas mujeres, con apoyo de familiares que sirvieron de intérpretes, afirmaron que no piensan proceder contra quienes inventaron los cargos en su contra, pues sólo quieren vivir en paz.

Mientras, Andrés Ruiz, abogado del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), señaló que con esta resolución quedó demostrado que en este caso se hizo un uso faccioso de la acción penal para perjudicar a los dos comuneros que defendían su derecho al agua. Lamentó que hasta la fecha no exista un mecanismo de reparación de daños para casos en que el Ministerio Público actúa de manera irresponsable.

El único ministro que se opuso a la concesión del amparo liso y llano fue Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, quien acudió ayer hoy a su última sesión como integrante de la primera sala de la Corte. Arturo Zaldívar, Olga Sánchez Cordero, Jorge Pardo y José Ramón Cossío avalaron el amparo que dejó libres a los indígenas después de dos años y 10 meses de estar detenidos injustamente.

La defensa de los acusados presume que hubo confabulación entre el grupo caciquil que encabeza Cristóbal Aparicio Domíngez –quien se opone a que la comunidad de Atla tenga acceso gratuito al agua–, el Ministerio Público y autoridades judiciales locales a el fin de criminalizar a los luchadores sociales.

Araceli Olivos Portugal, integrante del Centro Prodh y abogada de ambos indígenas, celebró que éstos hayan recuperado su libertad. Subrayó la importancia de que la SCJN resolviera la liberación inmediata en vez de solicitar que el proceso se repusiera sólo para remediar diversas violaciones procesales, entre ellas el hecho de que los acusados nunca tuviern un intérprete traductor.

Amnistía Internacional también saludó la liberación de Aniceto y Agustín, aunque señaló que casos como éste reflejan los problemas estructurales de la justicia mexicana y llamó a las autoridades del país a tomar medidas inmediatas para que los defensores de derechos humanos puedan realizar su trabajo sin temor a represalias.

La primera sala de la SCJN analizó otros cinco asuntos de indígenas procesados en condiciones similares (sin disponer de traductor). Zaldívar y Sánchez Cordero votaron por el amparo liso y llano para liberar a los acusados por considerar que las irregularidades procesales eran suficientes para anular los juicios.

Sin embargo, Ortiz Mayagoitia, Cossío y Pardo señalaron que el hecho que los acusados no contaran con traductores durante los procesos no era razón suficiente para anular los juicios y dejarlos en libertad. Los asuntos fueron aplazados para otra sesión.