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Inmobiliaria no puede construir en Chapultepec, dice Consejería

Por mandamiento judicial a Trepi le fue regresada una franja de la tercera sección

En la zona sólo pueden existir jardines y parques de barrio, responde a legisladores

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El domingo pasado, habitantes de diferentes colonias del Distrito Federal y organizaciones sociales realizaron una protesta en defensa del Bosque de ChapultepecFoto Josefina Quintero
 
Periódico La Jornada
Miércoles 21 de noviembre de 2012, p. 37

La Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal entregó a los diputados locales información sobre la situación del predio ubicado en Montes Apalaches 525, en las Lomas de Chapultepec, en la que aclara que aun cuando Inmobiliaria Trepi tiene la posesión del citado terreno, no puede emprender ninguna construcción, porque antes del decreto expropiatorio de 1992 subsiste el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la delegación Miguel Hidalgo de 1982, en el cual se establece que en esa zona de la colonia Lomas de Chapultepec, sección Virreyes, sólo pueden existir jardines y parques de barrio.

El viernes anterior, el jefe de Gobierno del Distrito Federal, Marcelo Ebrard Casaubon, al ser cuestionado al respecto remarcó: el hecho de que se lo des o regreses (el predio), como el juez ordena, a un particular, no significa que ese señor pueda hacer ahí absolutamente nada, porque es un área de valor ambiental. Eso quiero dejarlo claro, son dos cosas distintas.

Para contrarrestar la información que se maneja en las redes sociales, la Consejería Jurídica subió a su página de Internet el expediente del caso, en el que detalla las acciones jurídicas emprendidas.

Desglosa que el 8 de junio de 1992 el presidente Carlos Salinas de Gortari publicó un decreto expropiatorio en el que declara área de valor ambiental (AVA) una superficie de 85 hectáreas en la tercera sección del Bosque de Chapultepec, en la que se encuentra el predio en cuestión.

Siete años después, Inmobiliaria Trepi demandó al Gobierno del Distrito Federal la reversión de un inmueble con superficie de 4 mil 799 metros cuadrados, ubicado en el área de valor ambiental, con el argumento de que no se había cumplido con la causa de utilidad pública en el decreto de 1992.

El gobierno capitalino respondió a la inmobiliaria que la causa de utilidad sí se había cumplido, ya que la zona se conservaba como área verde. En 2000, la empresa demandante interpuso un juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, a efecto de que procediera el juicio de reversión.

La sala superior de ese tribunal dio la razón al quejoso y ordenó al GDF declarar procedente la reversión.

Después de nueve requerimientos del juzgado cuarto de distrito, el juez comisionó al actuario para que diera posesión física a Inmobiliaria Trepi del predio de 4 mil 799 metros cuadrados, lo que ocurrió el 12 de noviembre de 2012, detalla.