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La normatividad permitirá también emprender investigaciones científicas y tecnológicas

Firma Calderón el Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas
 
Periódico La Jornada
Sábado 3 de noviembre de 2012, p. 12

El presidente Felipe Calderón Hinojosa firmó el Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Luego de la aprobación de la ley en diciembre de 2011 y de su entrada en vigor el 17 de enero de 2012, el Ejecutivo disponía de 12 meses para la emisión del reglamento, el cual define los lineamientos para emprender proyectos de construcción de infraestructura y prestación de servicios al sector público o al usuario final, a cargo de la iniciativa privada.

Esta es una modalidad de inversión en la que los recursos económicos son aportados en su mayoría o totalidad por las empresas, y el gobierno federal, estatal o municipal lo asume como deuda de largo plazo (25 o más años).

De esta manera, dice la ley, se favorece la mejoría en el bienestar social y aumentan los niveles de inversión en el país. Y es que al poder contar con capital privado, la construcción de carreteras y hospitales, por ejemplo, ya no depende, en lo inmediato de las finanzas públicas. Con esta figura de asociación público-privada ya se han concretado diversas obras desde el gobierno de Vicente Fox.

El nuevo reglamento señala que la participación de las dependencias y entidades en proyectos de Asociaciones Público Privadas podrá ser con recursos presupuestarios federales, del Fondo Nacional de Infraestructura u otros recursos públicos federales no presupuestarios, o aportaciones distintas a numerario (licencias, permisos, concesiones, bienes inmuebles).

La participación de las entidades federativas y los municipios en este tipo de proyectos de inversión se producirá siempre que éstos se realicen con mayoría de recursos federales, indica el documento.

También incluye la posibilidad de llevar a cabo proyectos de investigación científica aplicada, de innovación tecnológica, así como proyectos de inversión productiva, cuyo objetivo implique investigación científica, desarrollo tecnológico o impulso de actividades académicas. El reglamento permite realizar proyectos de asociaciones público privadas sin la obligación de crear infraestructura adicional a los particulares.

Algunos otros detalles del nuevo reglamento, dados a conocer ayer por la Presidencia de la República, son que los proyectos desarrollados con esquemas de asociación público-privada deberán incluir de manera expresa la mención de que se trata precisamente de un proyecto bajo este esquema, con el fin de diferenciarlos de otros procedimientos de contratación pública.

También que la Secretaría de Hacienda tendrá  la responsabilidad de revisar, efectuar la evaluación presupuestaria y autorizar las iniciativas de dependencias o gobiernos estatales cuando se requiera de recursos federales presupuestarios.

Los testigos sociales serán obligatorios en los proyectos cuyo monto de inversión inicial sea igual o superior al equivalente a cuatrocientos millones de unidades de inversión y serán designados por la Secretaría de la Función Pública.