rturo Alcalde, amigo desde hace muchos años y, en algún momento de la historia, contrarios en asuntos laborales, me acaba de hacer el favor de darme un documento, en el cual llega a la conclusión de que la reforma que se pretende a la Ley Federal del Trabajo tiene también cosas muy positivas.
En su concepto, el artículo 388-bis de la iniciativa es clave para impedir la celebración de contratos colectivos de trabajo de protección, que a veces enriquecen a los abogados empresariales gracias a las confusiones que se presentan entre una empresa y un sindicato corrupto y no representativo, que no tiene participación en el personal de la empresa.
Arturo me recomienda la lectura a fondo de dicho artículo, ya que considera que es un texto de gran importancia estratégica y, entre otras cosas, llega a la conclusión de que no es el momento oportuno para descalificar el trabajo de los legisladores, porque eso ayuda a la confusión. Por el contrario, se inclina por resaltar la importancia de la democracia, la rendición de cuentas y, de manera especial, que los contratos colectivos de trabajo sean votados por los trabajadores antes de su presentación ante la autoridad. Inclusive, sostiene que es la oportunidad histórica que tiene el SNTE para mejorar las condiciones de trabajo y de vida en un entorno de precariedad y salarios bajos.
Recomienda Arturo –quizá yo no esté totalmente de acuerdo con él– que se tome más en cuenta lo positivo del artículo 388-bis, que realmente resuelve un viejo problema que ha dado lugar a la corrupción más descarada, como es la institución del outsourcing, que disimula relaciones de trabajo para privar a los trabajadores de todo tipo de beneficios.
Lo importante de la tesis de Arturo Alcalde es que los estatutos de los sindicatos estén a la disposición en sitios de Internet de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, según corresponda.
Agrega, y no es menos importante, los datos que deberían contener los registros de los sindicatos.
En realidad, el artículo 388-bis propone la solución en contra de los contratos de protección que tanto abundan y que pondría al alcance de cualquiera, si se publica en Internet, tanto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, según corresponda.
Me cuesta un poco de esfuerzo admitir que solamente esa disposición debe ser aprobada, hecho con el que estoy de acuerdo, sino que de la ley que salga de estas reuniones parlamentarias, no de material de sobra a los empresarios para separar a los trabajadores contratados a tiempo fijo, para su capacitación y a prueba.
No solamente desde el punto de vista social, sino desde el punto de vista económico, me parece descabellado que las empresas contraten trabajadores de los que se pueden desprender, sin consecuencias económicas, en el momento en que lo quieran. Esa fórmula, que forma parte integrante de la parte inicial de la iniciativa, no me parece que se esté contemplando con sentido crítico; en cambio, creo que es de mayor importancia, inclusive, la obligación de los sindicatos de rendir cuentas de sus ingresos a los miembros de la organización. Esa obligación existe en la ley vigente y tal vez habría que reforzarla estableciendo como sanciones, inclusive, la cancelación de la toma de nota del comité ejecutivo del sindicato que no cumpla sus obligaciones y que se hagan verdaderas asambleas para la designación de sus sucesores.
El problema es que México está invadido por la corrupción y en materia laboral con abundancia más que incómoda. Por ello, gracias además a la alianza de las autoridades laborales con las direcciones de los sindicatos corporativos, los registros sindicales y la consecuente toma de nota de los funcionarios que los representan son un instrumento de represión en contra de los trabajadores y evidentemente a favor de las empresas y su aliado, el gobierno mismo.
Estoy desconcertado respecto de lo que se pueda resolver en la Cámara de Diputados, donde ya debe haberse recibido el oficio mediante el cual los señores senadores propusieron reformas a la iniciativa, por cierto que no tan llamativas como habría podido pensarse, con un excesivo optimismo.
No siempre se obtiene todo lo que se quiere y por la salud de México, comparto la propuesta de Arturo de que se confirme el texto del artículo 388-bis. Y si ello depende de mi querida amiga Elba Esther Gordillo, desde aquí le pido que intervenga en forma definitiva, pues su grupo Nueva Alianza puede determinar el resultado de la votación, ya que cuenta con 10 votos que darían la mayoría al grupo democrático.
Habrá que esperar a la próxima semana para ver qué decisión toma el órgano legislativo, donde por parte del PRD están dos mujeres extraordinarias, Luisa María Alcalde y Alejandra Barrales, a quien conocí hace algunos años cuando andábamos tratando de defender los intereses de los trabajadores aeronáuticos.