Miércoles 3 de octubre de 2012, p. 3
Edgar Morín, académico de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señala que la estigmatización contra las personas tatuadas tiene su origen en el positivismo criminológico
, que surge a finales del siglo XIX.
“En esa época, tener una de esas figuras te hacía un sujeto condenable. Hay una construcción social del delincuente: está marcado. Esto se reproduce hoy, cuando la policía detiene a una persona inocente y lo primero que hace es quitarle la camisa para que exhiba su ‘peligrosidad tatuada’, que en realidad no tiene nada que ver”.
Abeyami Ortega, profesora de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM, se pregunta: “¿Qué se discrimina: la estampa o a quien la porta? La clase media ilustrada puede hacerlo sin broncas e incluso conseguir trabajo. Si yo soy académica, con un nivel de formación alto y tengo varias figuras, me ven como alguien chic, pero si el señor de la basura las tiene, muchos piensan ‘me va a asaltar’”.
Dante Salomo, activista por los derechos de quienes tienen tatuajes y perforaciones, explica que la exclusión se da en función de quien las luce y el tipo de iconografía.
Si es una figura artística, una obra completa, automáticamente se asume que su portador es una persona pudiente y que, por tanto, no delinque; en cambio, si se trata de una marca casera, no muy elaborada, de inmediato se infiere que la persona es criminal. Los policías tienden mucho a hacer esa asociación y sólo detienen a cierto perfil de individuos
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En 2011, la discriminación por apariencia física (que incluye tatuajes, perforaciones, vestimenta, color de piel, entre otras características) ocupó el séptimo lugar dentro de las quejas (por conducta discriminatoria de un particular) y el quinto en reclamaciones (cuando se trata de una institución pública) ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Hilda Téllez, directora adjunta de Quejas y Reclamaciones de ese organismo, sostiene que de las querellas tramitadas referentes a discriminación por apariencia física, las estampas en la piel ocupan una posición importante, debido a su connotación negativa, que origina que tanto en el ámbito público como en el privado la gente sea estigmatizada
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Cita como ejemplo la convocatoria de reclutamiento que recientemente emitió el Servicio de Administración Tributaria y la cual especifica como requerimiento para ser candidato al empleo no tener tatuajes ni perforaciones.
La funcionaria señala que condicionar una plaza de trabajo a no contar con esas marcas es injustificado, ilegal y evidentemente discriminatorio. Es una violación a los derechos humanos
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En el sector salud también se excluye por esa causa. Solomo subraya que la Norma Oficial Mexicana-033-SSA2-1993 asienta que una persona que ha marcado su piel no tiene impedimento legal para donar sangre luego de transcurrido un año de haberlo hecho y una vez que se haya practicado los exámenes correspondientes y éstos demuestren que está en condiciones de donar, pero en los hechos ni siquiera se les permite hacerse las pruebas.