Miércoles 26 de septiembre de 2012, p. 26
Después de haber sostenido criterios contradictorios sobre la constitucionalidad del cobro de la tarifa por cada hora de servicio por la supervisión de programas de concurso en la televisión, prestado por los interventores de la Secretaría Gobernación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó un criterio obligatorio que confirma la legalidad del cobro ordinario de 750 pesos la hora y de mil 50 pesos la hora fuera del horario habitual de 9 a 18 horas de lunes a viernes. El pleno de ministros tomó esta decisión después de que la primera y segunda salas resolvieron al año pasado, con criterios contrarios, dos amparos presentados por las principales televisoras del país, Televisa y Tv Azteca en contra del artículo 19-E, fracción II, inciso b) de la Ley Federal de Derechos, que fija una cuota por hora o fracción por el servicio de supervisión de programas de concurso. Ante la contradicción de criterios, el pleno resolvió ayer (siete a cuatro) que la norma es constitucional.