Analiza contradicción de tesis entre tribunales colegiados
Miércoles 26 de septiembre de 2012, p. 6
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que las faltas de asistencia injustificadas no pueden constituir la base para cesar a un trabajador por abandono de empleo
, en el marco de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado.
Al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados, los ministros del máximo tribunal determinaron que el abandono de empleo como causa de cese implica la decisión voluntaria del trabajador de dejar de prestar sus servicios de manera definitiva, pues el elemento subjetivo que lo caracteriza es la intención de ya no regresar
al centro de trabajo.
Al analizar el artículo 46, fracción V, inciso b de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, la Suprema Corte precisó que ocurre el abandono a labores técnicas vinculado a actividades especializadas que desarrolla el trabajador
en la operación de equipo o maquinaria, o en labores relacionadas con la atención de personas”, cuando la ausencia temporal del empleado en cuestión ocasiona graves perjuicios para el Estado
.
Con la decisión, la SCJN estableció jurisprudencia obligatoria para todos los tribunales y órganos administrativos, en el sentido de que abandonar el empleo
implica la intención de no regresar, porque si es por faltas injustificadas (la ley prevé hasta tres ausencias de este tipo consecutivas) hay necesidad de levantar un acta administrativa para presentar el asunto ante el tribunal correspondiente”, para que por esa vía se autorice la terminación de la relación laboral sin responsabilidad del patrón.