l 2 de agosto la Suprema Corte discutirá el destino de las 130 hectáreas que, en los hechos, el ayuntamiento municipal ha despojado al ejido chol Tila en Chiapas. Los ejidatarios resisten y defienden el territorio por el que lucharon sus abuelos y que los gobiernos y organizaciones kaxlanas están empecinados en convertir en mercancía.
Para los choles la tierra es una madre portadora de vida; no pertenece a los humanos, no es mercancía ni propiedad; es parte de su territorio, el cual incluye mucho más que el espacio físico: es el lugar donde se trabaja y les da de comer, donde conviven entre ellos y con la naturaleza, donde se manifiesta la divinidad y se le rinde culto; lugar de memoria, de lucha y resistencia. No implica límites porque la tierra es una. Aunque siempre está, cada día se trabaja para seguirlo construyendo, para mantenerlo vivo.
El territorio también ha sido motivo de constantes disputas inmersas en relaciones interculturales e interétnicas, en las que unos ejercen el poder sobre otros que resisten. Ha sido base de unidades productivas impuestas, ajenas a la organización chol: encomienda, fincas, así como de formas de producción y comercio capitalistas.
El despojo de los territorios originales es parte de una política de Estado que ha desconocido a los indígenas como personas y como pueblos. Son continuas las prácticas colonialistas y discriminatorias expresadas en intentos de asimilación religiosa, política, económica y militar; en la distribución de los recursos
naturales que privilegia a ricos y extranjeros; en el despojo, desprecio, falta de respeto, protección, garantías y denegación de justicia.
El 3 de febrero de 1922 choles de Tila solicitaron que se les diera la posesión de tierras. Iniciaron así un proceso de ya 90 años, en el que cinco generaciones han participado. La resolución presidencial del 30 de julio de 1934 les otorgó el derecho sobre la tierra sin delimitar espacio para fundo legal o zona urbana. El 30 de septiembre de 1966, el Cuerpo Consultivo Agrario insertó una nota en el plano del ejido delimitando un supuesto fundo legal de 130 hectáreas justo en donde se encuentra el pueblo de Tila. A pesar de que Asuntos Agrarios aclaró que el fundo no está incluido en la resolución presidencial, el ayuntamiento ha llevado a cabo una serie de irregularidades en terrenos que no son de su propiedad: usufructo, venta, renta, cobro de impuestos. Su propósito es quedarse con las 130 hectáreas a pesar de que cuenta con 101 hectáreas destinadas a fundo legal en Petalcingo, poblado perteneciente al municipio. Si bien la nota insertada quedó insubsistente con el amparo 890/77, la ejecutoria no se cumplió, pues no se suspendió la compraventa de solares, ni se cancelaron los catastros introducidos. Actualmente los ejidatarios esperan de la resolución del recuso en el que impugnaron el incidente sustituto.
En el discurso chol de los años 90 apareció la idea de no volver a ser engañados
. Esto se debe a la contradicción que vivieron entre el agrarismo cardenista y su propia concepción. Mientras que el primero buscaba la unidad nacional, el control de los impulsos autónomos y pretendía que los ejidos fueran unidades económicas eficientes que sustituyeran a las fincas, el agrarismo chol se basa en la oposición histórica entre choles y kaxlanes: los choles tienen el derecho originario a la tierra y los kaxlanes se las quieren quitar. Con el tiempo se evidenció la contradicción entre el discurso agrarista pro campesino y una práctica favorable a los ladinos, intermediarios y empresarios, lo cual transformó el imaginario chol: si el Estado había sido aliado ayer, ahora era traidor, engañador y está dominado por kaxlanes.
A pesar del contenido de los primeros dos artículos de la Constitución, las instituciones estatales son inequitativas al otorgar derechos iguales a los que de hecho no son iguales y no reconocer en la práctica la existencia de diferencias culturales y derechos comunitarios. Esto apareja la inequidad de hecho y de derecho. La lucha de los ejidatarios de Tila por su territorio es una muestra más de la relación desigual que el Estado y la sociedad han mantenido con los pueblos indígenas, de violaciones a la Constitución y a la legislación internacional, particularmente al Convenio 169 de la OIT.
Los ejidatarios de Tila se encuentran entre la población económicamente pobre del país. La pérdida de 130 hectáreas pone en mayor riesgo su economía, alimentación, salud, la protección del medio ambiente y viola sus derechos como ejidatarios y como choles. Afecta su derecho a tener condiciones de vida dignas, a sus formas tradicionales de organización, a la cultura, a la tierra, al territorio, al consentimiento previo y libre; a la autodeterminación de su futuro, a permanecer como pueblo. Perder esas tierras implicaría una restructuración general de su territorio, perturba su derecho a la alimentación y al trabajo, sus redes sociales, su autonomía.
De acuerdo con el Convenio 169 de la OIT, los ejidatarios tienen derecho a la consulta libre, previa e informada sobre el destino de su territorio. Si bien esto no se ha realizado, ellos han manifestado en sus procesos judiciales que quieren la tierra, no la indemnización. Conforme al derecho a la libre determinación y correlativos, el que el Estado tome decisiones sobre las vidas de otros, en este caso de los ejidatarios de Tila, puede tener consecuencias catastróficas, sobre todo a sabiendas de que lo que se encuentra en la base de esta disputa es el afán de lucro, la discriminación y la exclusión.
Los ejidatarios de Tila no quieren desarrollo de tipo capitalista porque saben, son conscientes, lo han vivido, que los ubica en condiciones de miseria, de pobreza, de desventaja, los indigna; ellos quieren una vida digna, buena, en la que puedan decidir cómo quieren vivir y se sientan libres en su territorio.