Anuncia el procurador general que impugnará el fallo
Sábado 30 de junio de 2012, p. 19
Bogotá, 29 de junio. La Corte Constitucional de Colombia determinó despenalizar la portación mínima de drogas ilegales, al determinar que un adicto es un enfermo y no un delincuente. Sin embargo, la decisión causó controversia, por lo que el procurador general, Alejandro Ordóñez, anunció que impugnará el fallo.
En un pronunciamiento público, el tribunal constitucional resolvió que las personas pueden portar como máximo un gramo de cocaína o 20 gramos de mariguana. De esta manera la corte resolvió una demanda contra un artículo de la Ley de Seguridad Ciudadana, que castigaba la portación mínima de estupefacientes.
La resolución impide que las personas que lleven la cantidad mínima sean detenidas, pero todo aquel que sobrepase lo estipulado será considerado delincuente y será arrestado y castigado.
La Ley de Seguridad Ciudadana contemplaba pena de cárcel de 64 a 108 meses a las personas que lleven menos de 20 gramos de mariguana y uno de cocaína.
Se estimula el narcotráfico
Sin embargo, el procurador Alejandro Ordóñez anunció que impugnará la medida de la corte, al considerar que con ello se estimula el tráfico y la producción de narcóticos.
Me corresponde y daré instrucciones inmediatas a los procuradores correspondientes para que impugnemos la decisión, a efecto de cumplir mis deberes constitucionales
, indicó.
Estamos ante un ordenamiento jurídico que despenaliza la dosis mínima y ahora la portación. Es indudable que ello justifica el cultivo, la producción y el tráfico
, enfatizó el procurador general.
Según Ordóñez, es necesario revertir esa resolución, ante el auge que ha tenido en Colombia el microtráfico de drogas ilícitas, el cual, de acuerdo con cifras oficiales, únicamente en Bogotá alcanza 150 millones de dólares al año.