Gobiernos de Oaxaca y dos municipios reclaman invasión de territorio
Corresponde al Senado resolver conflictos limítrofes entre estados, sentencia
Viernes 4 de mayo de 2012, p. 34
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó el desechamiento de las tres controversias constitucionales promovidas a mediados de febrero por el gobierno de Oaxaca y los municipios de Santa María Chimalapas y San Miguel Chimalapas en contra del gobierno de Chiapas, al que acusan de la apropiación ilegal de 106 mil hectáreas de territorio oaxaqueño donde erigió el municipio de Belisario Domínguez.
Los ministros validaron así la decisión del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien el 2 de febrero pasado desechó por improcedentes las tres controversias constitucionales, con el argumento de que corresponde al Senado dirimir los conflictos limítrofes entre los estados.
Al resolver los recursos de reclamación del gobierno de Oaxaca y los municipios en contra de la resolución de Pardo Rebolledo, los ministros avalaron en su sesión del miércoles el proyecto elaborado por Luis María Aguilar, quien consideró que las demandas presentadas por esas autoridades eran improcedentes.
En sus demandas, los comuneros de Los Chimalapas impugnaron un decreto del gobierno de Chiapas que creó el municipio de Belisario Domínguez, ya que éste fue erigido en las tierras que pertenecen a Los Chimalapas. El nuevo municipio, creado a finales del año pasado, está situado en Los Chimalapas, zona que desde hace varias décadas se disputan grupos de ambas entidades.
En un comunicado el gobierno de Chiapas dijo que la resolución de la SCJN ratifica y valida la improcedencia de los reclamos del gobierno oaxaqueño (y) deja completamente firme y válida la creación del nuevo municipio de Belisario Domínguez que aprobó el constituyente permanente del estado de Chiapas
.
En Oaxaca, el Comité Nacional para la Defensa y Conservación de los Chimalapas lamentó la decisión por la flagrante invasión a su territorio ancestral y a sus inalienables derechos a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado, por la ilegítima creación del municipio Belisario Domínguez
.
Miguel Ángel García Aguirre, coordinador regional del organismo, dijo que la SCJN muestra así su insensibilidad política, social, y ahora también ecológica, porque faculta su atención al Senado, sin analizar ni discutir el fondo del asunto y amparándose únicamente en el supuesto jurídico
.
Sin embargo, expuso que el máximo tribunal del país sólo aplazó momentáneamente la discusión de fondo del asunto porque recientemente la Cámara de Diputados y el Senado aprobaron una reforma constitucional para facultar a la SCJN a conocer, sustanciar y resolver con carácter de inatacable las controversias sobre límites territoriales entre las entidades federativas, en los términos de la fracción I del artículo 105 de la Constitución.
Solamente resta, añadió, que el 50 por ciento más uno de los congresos estatales aprueben dicha modificación legal para que entre en vigor.