Los ministros de la SCJN deben tomarlos en cuenta al resolver el amparo de la francesa, dicen
Las autoridades públicas no deben divulgar información manipulada, como ocurrió en la matanza
Martes 20 de marzo de 2012, p. 5
Los ministros de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) deben tomar en cuenta los criterios fijados en el caso Aguas Blancas, cuando dicten su resolución sobre el amparo a la ciudadana francesa Florence Cassez, en el sentido de que el montaje televisivo orquestado por la Policía Federal constituyó una violación grave a la presunción de inocencia de la acusada, pero también al derecho a la verdad que tiene la sociedad mexicana.
Fuentes del máximo tribunal señalaron lo anterior y agregaron que hay ministros que consideran que en la resolución del amparo de Cassez en contra de la sentencia de 60 años de prisión es aplicable la tesis que aprobó la SCJN en el caso Aguas Blancas (LXXXIX/96), misma que consagró el derecho a la información y determinó que dicha garantía está íntimamente relacionada con el respeto a la verdad, que debe ser la base del desarrollo de la conciencia ciudadana
.
En la tesis, que tendría que ser de observancia obligatoria para los cinco ministros que resolverán el amparo de Cassez el próximo miércoles 21 de marzo, se subraya que las autoridades públicas no deben divulgar información manipulada
, como sucedió en Aguas Blancas.
Cuando la Corte investigó la violación grave de garantías individuales de los 17 campesinos asesinados el 28 de junio de 1995, el pleno determinó que el entonces gobernador de Guerrero, Rubén Figueroa, había manipulado un video con la intención de demostrar la inocencia de los cuerpos policiacos que participaron en la masacre.
Los ministros que investigaron esos hechos, Juventino V. Castro y Castro y Humberto Román Palacios, concluyeron que el video había sido tergiversado y que Figueroa había incurrido en violación grave de garantías de las víctimas y de la sociedad en su conjunto, al encubrir, engañar y proteger
a los responsables de ese crimen.
En el caso Cassez, el proyecto de dictamen elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, que propone la inmediata libertad de la acusada, pone énfasis en que el montaje televisivo ordenado por la Policía Federal –encabezada en ese entonces por Genaro García Luna– violó el derecho de presunción de inocencia de la ciudadana francesa.
Si bien el ministro Zaldívar no se pronuncia sobre la inocencia o culpabilidad de Cassez, subraya que las declaraciones de las víctimas y de los policías que participaron en el montaje –transmitido en televisión un día después de la detención– son producto de una deformación de la realidad provocada por la propia PF.
Subraya que no hay justificación alguna para haber retenido a la acusada
, con el objetivo de mostrarla ante los medios de comunicación como la responsable del delito de secuestro. Además, agrega, con el montaje se pretendió causar un impacto en la opinión pública y en todas aquellas personas ligadas al proceso penal. Zaldívar Lelo de Larrea asevera que el montaje televisivo quitó confiabilidad
a las pruebas acusatorias en contra de Florence Cassez.
Coincidencias informativas
La coincidencia que encuentran los funcionarios consultados entre el caso Aguas Blancas y el juicio de amparo de la ciudadana francesa radica en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las autoridades públicas no deben divulgar información manipulada –como sucedió en Aguas Blancas–, ya que de hacerlo incurren en violación grave de una garantía individual, que es el derecho a la verdad y el derecho a la información que tiene la sociedad.