Jueves 8 de diciembre de 2011, p. 20
La víctima de un delito está legitimada para promover amparo ante un tribunal colegiado competente en contra de la sentencia definitiva que absuelva al acusado, determinó la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver una contradicción de tesis (229/2011) entre tribunales colegiados de circuito respecto de si la víctima está habilitada para acudir a un juicio constitucional reclamando la sentencia definitiva que libera al presunto culpable. Los ministros determinaron que la víctima puede promover amparo en razón de su garantía constitucional a la reparación del daño, razón por la cual, dado el caso que una sentencia absuelva al acusado, ese hecho puede afectar, de facto, el nacimiento del derecho fundamental de la víctima u ofendido previsto en el artículo 20 constitucional
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