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Con cuatro votos ratifica orden de no usar el listado histórico

Desecha el TEPJ quejas de perredistas contra nuevo padrón para proceso interno
 
Periódico La Jornada
Jueves 20 de octubre de 2011, p. 14

Con una votación de cuatro a dos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ) desechó quejas de perredistas sobre el padrón que se utilizará en su proceso interno del domingo, ratificando que deberá emplearse el nuevo listado que se integró tras la campaña de reafiliación, con lo que desechó que pudiera usarse el padrón histórico, como demandaban los quejosos.

La división de criterios entre los magistrados se centró en dos argumentos: que la elección tenga certeza a partir de un padrón construido por el partido y, en el caso contrario, pugnar por garantizar ampliamente el derecho al voto de los militantes del PRD. Finalmente se inclinaron por ratificar la convocatoria y avalar que regirá el nuevo padrón, como se determinaba desde el proyecto presentado por el magistrado Pedro Penagos.

El magistrado Manuel González Oropeza, respaldado por Constancio Carrasco, argumentó en favor de respetar al máximo el derecho de los militantes perredistas a sufragar, a partir de los incumplimientos y deficiencias que el propio PRD ha reconocido en su campaña de reafiliación, que lo llevaron a prorrogar incluso hasta el próximo año ese proceso.

Aunque los otros cuatro magistrados –incluido Alejandro Luna Ramos, presidente del TEPJ– asumieron la importancia de garantizar el derecho a votar, priorizaron el hecho de dar certeza a la elección. Si alguien organiza una comida, lo primero que debe hacer es saber cuántos comensales van a asistir, para saber los insumos que se requieren, consideró Luna Ramos.

A su vez, María del Carmen Alanís sostuvo que el TEPJF debería dar certeza a la elección del domingo, pues si se tomara en cuenta el viejo padrón, no habría posibilidad de saber cuántas casillas instalar y cuántas boletas imprimir, es decir, se ignorarían las condiciones mínimas para garantizar la realización del proceso.

Al cuestionar la presunta falta de fundamentación y motivación de la decisión del Instituto Federal Electoral (IFE), así como no haber respetado su derecho de petición, los magistrados consideraron que el PRD participó en la sesión del Consejo General del instituto en la que se aprobó el calendario y, por tanto, sus garantías fueron respetadas. El PRD cuestionaba que las campañas para diputados federales duren 60 días, cuando se trate de elecciones intermedias, y de 90 cuando son coincidentes con las presidenciales.

Asimismo, argumentaba que en la legislación electoral hay disposiciones que facultan al IFE reducir el periodo de campañas para diputados federales, con el argumento de hacerlas menos onerosas. La decisión de los consejeros, que fue ratificada por el TEPJF, es que no había posibilidad de esta modificación, pues así lo dispone el propio código electoral.

Por otro lado, los magistrados anularon el proceso de revocación del nombramiento del consejero electoral de Sonora, Fermín Chávez –iniciado por el Congreso local–, por carecer de sustento. Subrayaron que para tal situación se requiere necesariamente instaurar un juicio político en su contra.