n el desastre nacional que vive el México de nuestros días, pasó relativamente inadvertida la publicación del último Balance de situación de la Fiscalía especializada en delitos cometidos en la procuración y administración de Justicia en el estado (de Chiapas) y aquellos cometidos en el poblado de Acteal, mismo que sirve de sustento a la demanda contra Ernesto Zedillo por diversos delitos graves –entre los que destacan crímenes de guerra y de lesa humanidad–, presentada el 16 de septiembre pasado en la corte de distrito de Connecticut, Estados Unidos (ver el blog acteal97). Esta acción judicial provocó el desmantelamiento de la fiscalía, el cese de su personal y la entrega del expediente a la Procuraduría General de la República.
El Balance de situación –de 125 páginas a renglón cerrado– es un sorprendente alegato en el que, a partir de las diligencias realizadas y de la documentación recabada y verificable desde su creación, en noviembre de 2007, la fiscalía llega a las siguientes conclusiones: 1. La masacre de Acteal no fue un hecho sorpresivo ni aislado: fue el clímax de una cadena de violencia que anticipaba la matanza del 22 de diciembre de 1997. 2. La posibilidad de los hechos de violencia referidos era de conocimiento de la autoridad local, estatal y federal. 3. Las autoridades federal y estatal también estaban informadas sobre la presencia de grupos armados paramilitares
. 4. Dada la documentación y la evidencia, la conclusión lógica que se impone es que hubo responsabilidad penal por omisión impropia (conspirativa) de parte de los gobiernos federal y estatal en la masacre de Acteal. Estas responsabilidades no se han deslindado y, por lo tanto, hay un caso de impunidad en hechos que implicaron la muerte de 45 personas. 5. Existen elementos para argumentar también responsabilidades al gobierno como promotor de los grupos armados. 6. Para conocer la verdad histórica, deslindar responsabilidades y lograr justicia en el caso Acteal, es indispensable la comparecencia de personalidades que, hasta la fecha, no han dado cuenta de sus actos. Principalmente, es preciso obtener el testimonio del entonces presidente Ernesto Zedillo Ponce de León y de su secretario particular, Liébano Sáenz Ortiz, y precisar su responsabilidad en el homicidio. 7. La tesis del conflicto intercomunitario es sólo parte de la explicación en el caso Acteal. Sin el componente de omisión, y de permisividad del gobierno respecto a la escalada de violencia regional y la presencia de grupos armados, no es posible dar cuenta satisfactoriamente de por qué ocurrieron así los hechos. 8. El uso de las instituciones de justicia con agendas políticas provocó la detención de inocentes y la fabricación de culpables. En todo caso, se negó a los inculpados (culpables e inocentes) el derecho al debido proceso. 9. A casi 13 años de la masacre de Acteal, además de los deliberados errores y las graves omisiones del momento, y del abusivo modo en que se impartió justicia después, hay una serie de preguntas que siguen necesitando ser respondidas por las autoridades de aquel entonces. 10. Se ha soslayado el valor documental que aportan los medios de comunicación en su cobertura de los hechos.
Acertadamente se señala que la matanza de Acteal fue el resultado de una política de contrainsurgencia definida y puesta en acción bajo la administración de Ernesto Zedillo, y, después de los hechos, por la labor de encubrimiento que la PGR, dependiente del presidente de la Republica, utilizó para proteger a los responsables. La reconstrucción de los hechos concluye que Zedillo y su secretario particular fueron encubiertos por Jorge Madrazo Cuéllar, entonces procurador general de la República, quien no solicitó sus declaraciones ni los investigó a pesar de que ellos dos supieron con anterioridad sobre la inminente matanza. A juicio de esa fiscalía, la responsabilidad judicial del titular de la PGR es manifiesta. Queda por determinar la responsabilidad de Emilio Chuayffet Chemor, entonces secretario de Gobernación, pues si bien en su declaración ministerial esgrime argumentos exculpatorios, podrían subsistir elementos de responsabilidad derivados del conocimiento que tuvo de la comisión de los delitos mencionados.
En el ámbito estatal, de acuerdo con la indagatoria, son contundentes las pruebas que acreditan la responsabilidad del entonces gobernador de Chiapas, Julio César Ruiz Ferro, ya que varios testigos claves coinciden en señalar sus actos y omisiones conducentes a establecer su participación por omisión impropia. En el documento se registra la escalofriante respuesta de Ruiz Ferro a la solicitud de intervención del gobierno del estado por parte del presidente municipal de Chenalhó, a tres días de la matanza: No te preocupes, deja que se maten; yo voy a mandar la seguridad pública para que levanten los muertos
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En el Balance se destaca: “Esta fiscalía estima que sólo habrá justicia para los 45 indígenas victimados y reparación del daño causado a sus familias cuando se consigne penalmente a los responsables de esas muertes. Las evidencias contenidas en el expediente… confirman que las autoridades federales y estatales antes mencionadas son responsables del homicidio en agravio de la población indígena de Acteal”. Incluso la fiscalía sostiene que podría tratarse de un caso de genocidio, si se verifica la hipótesis de la contrainsurgencia tolerada o inducida. Adicionalmente, las condiciones precarias que los indígenas enfrentan como refugiados (sobre todo en materia de salud), sus constantes desplazamientos con ruptura de lazos comunitarios, pueden constituir otras pruebas en el mismo sentido.
Las preguntas claves son: ¿qué hará la PGR con el expediente y sus contundentes acusaciones? ¿Qué pasará en el juicio abierto contra Zedillo en Estados Unidos?