Jueves 25 de agosto de 2011, p. 29
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que la Lotería Nacional (Lotenal) debe pagar el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), equivalente a 30 por ciento de las percepciones totales que obtiene por los juegos de azar que organiza. El organismo descentralizado argumentó que por ser una institución sin fines de lucro no tenía por qué pagar el impuesto referido. Tan sólo por los ciclos fiscales 2008 y 2009, este organismo descentralizado adeudaba al fisco 51 millones 735 mil pesos. En su demanda, la Lotenal sostenía que el trato fiscal que recibe es inequitativo, porque es tratada igual que las empresas dedicadas al juego de azar y apuesta que sí tienen como único fin la obtención de ganancias. Sin embargo, los ministros consideraron que el artículo referido no viola el principio de proporcionalidad tributaria. En mayo de 2010, Lotenal presentó demanda de amparo en contra de la aplicación de varios artículos de la Ley del IEPS; el 31 de enero pasado, un juzgado de distrito le negó el amparo y posteriormente, a petición del ministro Fernando Franco, el asunto fue atraído por la Suprema Corte. En su proyecto de dictamen, la ministra Olga Sánchez Cordero destacó que la argumentación del organismo descentralizado era insuficiente
, ya que la demanda no incluía la impugnación de los sujetos del impuesto, por lo que lo procedente era negarle el amparo.