Objeta el esquema de comercialización y distribución de petrolíferos
Martes 24 de mayo de 2011, p. 17
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió una nueva controversia constitucional de la Cámara de Diputados contra el Ejecutivo federal en la que impugna el esquema de comercialización y distribución de petrolíferos, emitido en marzo pasado por la Secretaría de Energía .
El asunto fue turnado al ministro Sergio Aguirre Anguiano, quien, de entrada, negó la suspensión solicitada por los legisladores para que no entrara en vigor el acuerdo de la Dirección General de Desarrollo Industrial de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía, hasta en tanto, el máximo tribunal determinara si es o no constitucional.
Es decir, el acuerdo emitido en marzo pasado, sigue vigente, al menos hasta que la Corte resuelva.
Jorge Carlos Ramírez Marín, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, interpuso la demanda ante la Corte el 17 de mayo pasado contra la disposición que delega en los directores generales de Exploración y Explotación de Hidrocarburos; de Desarrollo Industrial de Hidrocarburos y de Gas LP, adscritos a la Subsecretaría de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía, facultades en la materia.
Los legisladores cuestionan que se delegue en dichos funcionarios la regulación en distribución y comercialización de petrolíferos, siendo que los artículos 11 y 15 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo señalan que es el Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Energía, con la participación que corresponda a la Comisión Nacional de Hidrocarburos y a la Comisión Reguladora de Energía
los que establecerán, en el ámbito de su competencia, la regulación de la industria petrolera
y de las actividades que contemple la ley.
Esta es la tercera controversia que presenta la Cámara de Diputados contra el Ejecutivo federal sobre la nueva política petrolera que permite la participación de la iniciativa privada, vía contratos de riesgo, en la exploración, producción, distribución y comercialización de crudo y sus derivados.
En diciembre pasado, la Suprema Corte avaló la promulgación de los reglamentos de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y modificación del artículo 27 constitucional que abrieron la puerta a la participación privada en transportación, almacenamiento, distribución y venta de hidrocarburos.
Los ministros consideraron que la exploración, explotación y refinación de hidrocarburos son áreas exclusivas y excluyentes del Estado
, por lo que, la participación privada en la cadena de producción petrolera estará supeditada a que Pemex pague por los servicios prestados en efectivo y que bajo ninguna condición incluya la renta petrolera y las reservas de crudo en el esquema de pagos.
El marzo pasado, la segunda sala desechó con el único voto en contra de Fernando Franco, la controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados que impugnaba las reglas establecidas por la Secretaría de Energía sobre las ventas de primera mano de petrolíferos.
Los ministros Aguirre, Margarita Luna Ramos, Sergio Valls y Luis María Aguilar dieron la razón al Presidente de la República, quien presentó un recurso de reclamación contra la admisión de la controversia constitucional de los legisladores contra dicho esquema de ventas de primera mano.
Solicitan juicio político contra Ortiz Mayagoitia
El grupo del Partido del Trabajo (PT) en la Cámara de Diputados presentó ayer una solicitud de juicio político contra el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, al considerar que desechó la controversia constitucional contra contratos de Pemex que comprometen la renta petrolera, sin entrar a la revisión del fondo del asunto.
La petición, entregada ayer por la diputada Laura Itzel Castillo, indica que Ortiz debió solicitar a Pemex el contenido de los contratos, antes de determinar el desechamiento de la controversia, interpuesto en abril por acuerdo del pleno de la Cámara.
Entre las partes centrales del recurso contra el ministro, se señala que se examine si Ortiz pudo haber cometido un simple error judicial, al caer en contradicción sobre resoluciones emitidas con tan sólo cuatro días de diferencia
, en el sentido de que la controversia se admitió el 11 de abril y se desechó el 15.
O bien, indica la solicitud, si probablemente incurrió en actos y omisiones, que redundan en perjuicio de los intereses fundamentales y su buen despacho, por emitir una resolución que trae como consecuencia entregar el patrimonio nacional a empresas extranjeras, en contravención a las disposiciones constitucionales
.
Castillo recordó que el 21 de noviembre, el consejo de administración de Pemex clasificó como información reservada el modelo de contrato para la explotación de hidrocarburos, y que al no solicitar copia de los documentos y el alcance de éstos, Ortiz no contó con un soporte informado para emitir su fallo.