Proteger a los niños, el propósito fundamental también en el caso de adopción: experta
Estamos ante la proliferación de uniones de corta duración, búsqueda de hijos a edades avanzadas y enfermedades con la dificultad para acceder a la paternidad/maternidad, señala Nuria González
Viernes 13 de mayo de 2011, p. 2
La armonización de las legislaciones de México y el mundo para regular temas como la maternidad subrogada (vientres alquilados) y la adopción internacional va más allá de profundas reflexiones, ya que tiene que ver más con la protección de los niños, aseguró la doctora Nuria González Martín, investigadora de Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma México (UNAM).
La también miembro de la Academia Mexicana de Ciencias (AMC) destacó que esos temas responden a una evidente crisis global –con todas sus variantes de escala– de la institución familiar, en la que los valores o las percepciones de necesidad, utilidad y validez están poco cotizadas
.
De ahí la falta de interés de conformar una familia. Estamos ante la proliferación de uniones esporádicas o de corta duración, búsqueda de hijos a edades avanzadas y enfermedades como el estrés, entre otras, con la dificultad para acceder a la paternidad/maternidad
, explicó.
Cambios notables
Distinción Universidad Nacional Jóvenes Académicos en Investigación en Ciencias Sociales 2008, Nuria González destacó que en este contexto la familia ha cambiado notablemente y que hay cierta tendencia en los tratados internacionales en el sentido de que no se debe definir lo que es familia, matrimonio o ciertos conceptos que son dispares entre un país y otro.
Señaló que de acuerdo con María de Jesús Moro Almaraz, en el texto Aspectos civiles de la inseminación artificial y la fecundación in vitro, fue a partir de los años 70 cuando se realizan los intentos más firmes de estudiar a profundidad el fenómeno de las técnicas destinadas a facilitar la procreación, así como para establecer una reglamentación de conjunto que controle su desarrollo y consecuencias.
“Ante estas nuevas necesidades es importante revisar la concepción de lo que se denomina ‘nuevas estructuras familiares’. Se habla de ellas cuando nos situamos ante esquemas distintos de la familia, con temas como la reproducción asistida, es entonces cuando surgen muchas preguntas, como el límite de edad para ser madre o padre por medio de un tratamiento de fertilización.”
En la actualidad, hay 27 maneras de procrear (*). Explicó que la paternidad puede ser social y genética, mientras la maternidad puede ser social, genética o biológica. Paternidad refiere gametos masculinos del varón (o de uno de los varones) de la pareja que solicite el niño o gametos aportados por un tercero; maternidad (gestacional, genética o jurídica/social): alquiler de útero –la madre biológica– o que una mujer aporte su óvulo, otra geste y una tercera se queda con el menor o lo adopta –madre jurídica o social.
González Martín señaló que otras cuestiones por resolver son la elección del sexo de los bebés, la posibilidad de tener un hijo sano, o simplemente buscar este último para que sea donador de su hermano que nació con anomalías genéticas; la donación de embriones como posible solución a la esterilidad biológica, la congelación de embriones, óvulos, espermas o la maternidad subrogda.
No hablamos de ciencia ficción, son realidades que tenemos que atender de inmediato para darles la cobertura necesaria e imprescindible a nivel jurídico, ético y social. Además de una profunda reflexión, hay que atender estos aspectos para poder legislar y que los niños no queden en el limbo
, subrayó.
Destacó que Israel fue el primer país en aplicar leyes de maternidad subrogada. Establece que se hagan contratos con ciudadanos israelíes que compartan la misma religión, los sustitutos deben ser solteros, viudos o divorciados y sólo contratan las parejas casadas infértiles.
Revisión
Se tiene que revisar primero la situación de los sujetos que demandan la maternidad subrogada: solteros, solteras, casados, parejas del mismo o distinto sexo; en segundo lugar las motivaciones que llevan a la maternidad subrogada: infertilidad, incapacidad de procrear entre parejas del mismo sexo, el temor o peligro a la hora de dar a luz y el caso de las personas que ante la posibilidad de adoptar puedan optar por ella, explicó.
Para la doctora Nuria González Martín la solución podría estar en la puesta en marcha de un marco regulatorio internacional que atienda específicamente el tema de la maternidad subrogada, evitando cualquier alternación que implique tráfico internacional de menores y que los proteja, de hecho y de derecho, en el contexto internacional.
El artículo de González Martín, Maternidad subrogada adopción internacional, se puede leer en Fertilización asistida. Reflexiones interdisciplinarias, que coordina Brena Sesma, Ingrid, México, UNAM, 2010.
(*) Comité Spécial des Nouvelles Techniques de Reproducción, Les nouvelles techniques de reproduction humaine, Canadá, 1991. Cañizares, Francisco, Revista Quo Cit. El periódico de la adopción, Año II, núm. 33, mayo 2006.