La resolución considera que el proyecto es de ejecución urgente e inaplazable
Señala el magistrado Eduardo Ceceñas que frenar los trabajos causaría daños y perjuicios a la sociedad
El interés de la quejosa no debía prevalecer sobre el interés
público, afirma
Viernes 11 de marzo de 2011, p. 38
Por considerar que suspender la construcción de la supervía poniente causaría daños y perjuicios a la sociedad, ya que este tipo de obra es de ejecución urgente e inaplazable
, el quinto tribunal colegiado en materia administrativa de primer circuito ratificó la negativa a parar los trabajos, contra lo solicitado por María Cristina Barros, integrante del Frente Amplio contra la supervía, y el abogado Luis Miguel Cano, con el respaldo de 300 firmas, mediante un amparo.
La resolución, elaborada por el magistrado Eduardo Ceceñas González, fue aprobada el miércoles por la tarde-noche, por unanimidad. Precisa que parar la construcción contravendría leyes, que tienen normas que buscan mediante la expropiación y la justificación de las causas de utilidad pública que se logre una mejora en las vialidades del Distrito Federal, por lo que el interés de la quejosa de que no se realicen las obras de construcción no debía prevalecer sobre el interés de la sociedad
.
De acuerdo con la resolución, que se pegó ayer por la mañana en estrados del tribunal y por la tarde se subió a Internet, esta decisión se sustenta en la Ley de Expropiación expedida por el Congreso de la Unión, en la que se señala que una obra de este tipo es de ejecución urgente e inaplazable
.
La Consejería Jurídica explicó que la notificación oficial, tanto al Gobierno del Distrito Federal como a los quejosos, se hará aproximadamente en una semana. Sin embargo, aclaró que es un hecho que se negó el amparo, porque la resolución se encuentra pegada en estrados.
Detalló que con esta decisión el tribunal colegiado confirmó la resolución que antes había tomado la juez 10 de distrito en materia administrativa en el sentido de negar la suspensión de la obra.
El litigio contra la supervía es uno de los juicios de amparo más inusuales que se han dado en México.
Alrededor de 290 residentes de San Jerónimo solicitaron el amparo para impugnar una larga lista de normas y actos relacionados con la vialidad, incluidos el Programa Integral de Transporte y Vialidad del Distrito Federal 2007-2012, la Ley Ambiental del Distrito Federal, el Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo de la ciudad de México, la declaratoria de utilidad pública para el proyecto, el decreto de expropiación, y la declaratoria de impacto ambiental.
No obstante, ninguno de los quejosos en este amparo perderá un solo metro cuadrado de sus inmuebles por dicha obra.
De los 657 quejosos originales, 301 fueron descartados de entrada porque no firmaron la demanda. Después, 11 peticionarios del amparo que sí fueron afectados por la expropiación de tierras también quedaron fuera del juicio, pues aceptaron la indemnización ofrecida por el Gobierno del Distrito Federal, mismo caso de otros 60 vecinos de la zona.
De los quejosos que quedaron en el litigio, unos 280, ninguno sufrió afectación en sus propiedades.