Si se cumplen solicitudes de información se viola la ley ambiental: Patrón Laviada
En el tema de transparencia hay discordancias que la SCJN resolverá, dijo el procurador
Miércoles 9 de febrero de 2011, p. 43
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) presentó una denuncia de contradicción de tesis ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para resolver las diferencias
que mantiene con el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai).
El aún procurador Patricio Patrón Laviada explicó que para cumplir con requerimientos del Ifai tendría que violar la legislación ambiental, y señaló: no somos corruptos
.
En una sesión de enero, María Marván, comisionada del Ifai, informó que tras una queja interpuesta por una ciudadana ante la reserva de tres años que estableció la Profepa a un oficio fechado el 17 de noviembre de 2009, la empresa Desarrollo Punta la Paz se amparó contra el acto del instituto.
En ese documento el ex subprocurador de Recursos Naturales, José Ramiro Rubio, alertó
a la empresa que el Ifai había ordenado a la procuraduría la entrega de todas las actas de inspección que se le levantaron entre 2004 y mayo de 2009.
En conferencia de prensa, Patrón Laviada se refirió al cuestionamiento del Ifai acerca de que el ex subprocurador Ramiro Rubio “dio información (a la empresa). Pero la ley establece que se debe informar al afectado, se le dijo ‘haz lo que a derecho te convenga’. El inspeccionado se amparó y el juzgado colegiado le dio la razón”.
Explicó que la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), en su artículo 159, señala que se negará la petición de información cuando el procedimiento esté abierto y obliga a informar al ciudadano sobre las solicitudes de información. Eso fue lo que hicimos. Es una obligación de la Profepa. Tan teníamos razón que el juzgado de distrito le dio el amparo
.
Dijo que la pregunta es: ¿obedecemos al Ifai o cumplimos la ley? Queremos hacer las dos cosas. Lo que no aceptamos es que (digan que) no procuremos ser transparentes y mucho menos ser corruptos
.
Para resolver este conflicto, detalló, ayer por la mañana la Profepa presentó ante la SCJN la denuncia de contradicción de tesis, ya que sobre el tema de transparencia hay un par de dictámenes de dos salas con fallos opuestos. “Buscamos –dijo Patrón Laviada– aclarar esto y que nos dé una guía de cómo actuar”.
Agregó que como autoridad tenemos procedimientos “que debemos llevar en secrecía, como marca la ley; la diferencia con el Ifai es precisamente que el artículo 159 de la LGEEPA, que está por debajo de la Constitución, nos indica que no se debe dar información de un caso que esté en proceso”. Muchos de los casos en que hay diferencia con el Ifai es sobre esta línea. Esto se aclarará con una jurisprudencia definitiva que defina los derechos a la reserva de información privada, el derecho constitucional, y a lo que tienen acceso los ciudadanos
.