¿Libertad de expresión?
nos meses antes de las elecciones que culminaron en noviembre del año pasado, la Suprema Corte de EU abrió el camino para que las corporaciones pudieran aportar fondos a las campañas sin límite alguno. En aras de una libertad de expresión mal entendida borró de tajo uno de los preceptos de la democracia: la igualdad de condiciones en la competencia electoral. Convirtió de facto a las corporaciones en los grandes electores y eliminó el derecho de los ciudadanos a participar en el proceso electoral en igualdad de condiciones.
La democracia se convierte así en asunto de quienes tienen para pagar por ella. Sobra decir que la decisión de la Corte, en la que hay una mayoría de magistrados conservadores, fue influenciada por el peso económico e ideológico del mundo corporativo. Su función se distorsionó al decidir no sobre la correcta interpretación de los preceptos constitucionales, sino sobre su contenido, que en última instancia corresponde únicamente al Congreso. El presidente Barck Obama, quien fue profesor de derecho constitucional, reclamó con justa razón a los magistrados que habían cometido tal desatino.
En este contexto, la solicitud de amparo en contra de la legislación que prohíbe la propaganda política fuera de los tiempos oficiales, arguyendo que se ataca la libertad de expresión, que para todo fin práctico interpusieron los dueños de dos televisoras mexicanas, es un síntoma de la prepotencia e impunidad que caracteriza al duopolio televisivo. Pretender ahora que la Corte mexicana emule la decisión de la estadunidense es confundir la libertad de prensa con la del libre mercado. Hay dos diferencias que es necesario apuntar: en nuestro país dos cadenas de televisión acaparan los recursos que el Estado destina para el proceso electoral, mientras en EU la atomización de los medios ofrece un amplio abanico de opciones para la propaganda. Además, a diferencia de México, esos recursos provienen principalmente del sector privado.
La decisión de la corte estadunidense permitió a las corporaciones la afluencia ilimitada de recursos al proceso electoral en un amplio espectro de medios. Si la Corte en México concede el amparo interpuesto, favorecería a dos empresarios que han hecho del proceso electoral un jugoso negocio, y por añadidura pretenden convertirse en el gran elector. A fin de cuentas, en ninguno de los dos casos se puede justificar que se desnaturalice la democracia de tal manera.
Sería deseable que la SCJN no cediera a las presiones del duopolio televisivo. Más allá del barroquismo jurídico, el asunto se sitúa en la ética, como sistema de valores que va más allá del enriquecimiento y el poder de una o dos corporaciones, por poderosas que sean.