El tribunal confirma la sanción contra el PRI en Sinaloa, por acto anticipado de precampaña
Jueves 3 de febrero de 2011, p. 16
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio la razón a la dirigencia del Partido Acción Nacional (PAN), instancia que impidió a Manuel Espino, ex presidente de este partido, participar en el congreso en el que fue elegido Gustavo Madero como líder nacional blanquiazul.
En otro asunto, el TEPJF confirmó la sanción impuesta por el tribunal de Sinaloa al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por actos anticipados de precampaña. Ante esta sentencia, el tricolor verá reducidas en 15 por ciento sus prerrogativas del mes en curso.
El tribunal sinaloense validó la resolución del Consejo Estatal Electoral de Sinaloa (CEES), que determinó que el desplegado firmado por 22 ciudadanos para apoyar a Jesús Vizcarra no fue promovido ni financiado por el político ni constituyó un acto anticipado de precampaña.
Sin embargo, sí atribuyó responsabilidad al PRI por culpa in vigilando (negligencia en la vigilancia) por no deslindarse de la publicación referida; ese partido se inconformó ante el TEPJF.
En el proyecto de resolución presentado por el magistrado Manuel González se subrayó que el desplegado se publicó fuera del periodo de precampaña, en pleno ejercicio de la libertad de expresión de los firmantes, no contiene expresiones electorales ni refiere a ningún candidato. Además, el PRI notificó al CEES que los firmantes no son sus militantes; por todo ello, propuso revocar la sanción.
Los magistrados Flavio Galván y Carrasco se pronunciaron en el mismo sentido, al señalar la no responsabilidad de los autores, de Vizcarra Calderón ni del PRI, por lo que éste no debía ser sancionado.
No obstante, los magistrados José Alejandro Luna, Salvador Nava y Alanis Figueroa consideraron que el contenido del desplegado tuvo la finalidad de posicionar a un personaje específico frente al proceso interno del PRI para seleccionar a su candidato, que iniciaría al día siguiente de la publicación. Agregaron que los partidos son responsables de coadyuvar con procesos democráticos y salvaguardar la equidad de éstos, por ello se pronunciaron por confirmar la sanción.
Respecto al caso Espino, los magistrados votaron por unanimidad el proyecto de Constancio Carrasco.
Espino argumentó que su posición como ex presidente le daba derecho a participar en el consejo, según los estatutos del PAN.
El magistrado ponente concluyó que a finales de noviembre de 2010, Espino fue separado de las filas del PAN mediante un procedimiento estatutario, y que su carácter de ex dirigente no reduce los efectos de la expulsión.