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Un asháninka cruza el río Acre, Brasil.  Foto: Mike Goldwater

 

Para salvar al son istmeño

de Oaxaca

 Víctor de la Cruz

 

El patrimonio  indígena se divide en natural y cultural, y este último en tangible e intangible. Dentro del segundo, es decir el patrimonio cultural intangible, se encuentra la música, una de cuyas formas es el son mexicano. Este tipo de música tradicional, entre cuyos géneros se encuentra el llamado “son istmeño”, está protegido en la actual legislación sobre derechos de autor. 

La Ley Federal de Derechos de Autor en el capítulo sobre los símbolos patrios y expresiones de las culturas populares establece, en tres de sus artículos,  limitaciones sobre la utilización del arte popular en general, dentro del cual ubicamos la música tradicional como bien cultural intangible. El primero de ellos, el artículo 158 establece:

 

Las obras literarias, artística [sic] de arte popular o artesanal, desarrolladas y perpetuadas en una comunidad o etnia originaria o arraigada en la República Mexicana, estarán protegidas por la presente Ley contra su deformación, hecha con objeto de causar demérito a la misma o perjuicio a la reputación o imagen de la comunidad o etnia a la cual pertenecen.

El siguiente artículo, 159, dice:

 

Es libre la utilización de las obras literarias, artísticas, de arte popular o artesanal; protegidas por el presente capítulo, siempre que no se contravenga las disposiciones del mismo.

 

Como lo establece el artículo anterior, todo compositor que trabaje sobre la melodía de un son ya sea poniéndole una letra o arreglándola para su interpretación, debería empezar por respetar el nombre original de la pieza musical; porque cambiarle el título implica una deformación de la obra y, por lo tanto, una violación al artículo 158. En segundo lugar, el letrista o arreglista de un son debe mencionar “la comunidad o etnia, o en su caso la región de la República Mexicana”  a la que pertenece el son, como lo establece el artículo 160:

 

En toda fijación, representación, publicación, comunicación o utilización en cualquier forma, de una obra literaria, artística, de arte popular o artesanal; protegida conforme al presente capítulo, deberán mencionarse la comunidad o etnia, o en su caso la región de la República Mexicana de la que es propia.

 

Se ha hablado del aprovechamiento de algunos sones regionales mexicanos por parte de músicos académicos. También se ha dicho que algunos sones istmeños han merecido la atención de compositores y arreglistas del sur del Istmo, unos buenos, otros malos pero honestos, y algunos de esos sones, como “La Sandunga”, “La Llorona”, “La Martiniana” han sido interpretados y explotados hasta la saciedad; sin embargo los músicos académicos y los musicólogos no se habían ocupado de escribirlos y describirlos. Thomas Stanford, por ejemplo, en su librito sobre el son escribe sobre los sones de mariachi, la chilena, el huapango, los sones jarochos, el jarabe, la jarana yucateca; y, en el último capítulo, escribe unos cuantos reglones sobre los “sones istmeños” sin describir el género. Dice:

 

En el Estado de Oaxaca las piezas son descritas como “sones istmeños”, y los sones individuales no están tan claramente asociados con comunidades específicas, en apariencia. Sin embargo, hay un repertorio especial que está asociado con bodas, y podría constituir una tradición variante del xochipitzahuac. (El son mexicano, sep/80 Fondo de Cultura Económica, México, 1984).

 

¿Qué podemos hacer para salvar a la mayoría de los sones istmeños desconocidos de los compositores inmorales y los plagiarios? La tarea pendiente y urgente es hacer un registro de ellos, a cargo de  investigadores honestos, en cintas magnetofónicas y discos para no lamentarnos de su pérdida en la memoria colectiva o de su robo. Posteriormente, registrarlos por escrito, como ya lo está haciendo José Hinojosa mediante arreglos para banda sinfónica. Como escribiera Wilfrido C. Cruz en su artículo sobre “La Sandunga”:

 

Especialmente en materia de arte y de arte rítmico, la tradición es una de las más interesantes fuentes de investigación, máxime si ella se aplica a los secretos del folklore americano… ¿Qué pueden decirnos nuestros mudos monumentos de piedra, nuestras toscas pinturas y nuestros códices incompletos de todo lo recóndito y exquisito que vibraba en el alma de nuestros antiguos pueblos como emoción estética? Callados seguirán por muchos años y si no nos apresuramos a recoger de la tradición los secretos del pasado que no constan en documentos ni en cualquiera otra forma de expresión material, confrontándolos y complementándolos con las observaciones en los demás órdenes de la realidad, dentro de pocas generaciones habremos perdido definitivamente los medios e indicios para reconstruir la vida espiritual de un sector de humanidad que gozó y sufrió con nosotros, que también tuvo sus momentos de lucubración y ensueño y que violentada por el destino, si cedió su puesto a la civilización actual, no por ello, si se la hubiera permitido continuar su evolución, sería menos grande.” (Oaxaca recóndita, Edición del autor, México, 1946).

 

Es urgente, pues, echar manos a la obra, antes que el olvido y los plagiarios nos ganen la partida.

 

 

Víctor de la Cruz, importante poeta zapoteco, historiador y editor, ha publicado numerosos libros. Este artículo forma parte del ensayo “Los sones istmeños: oro, coral y bambú”, presentado en la Sociedad Mexicana de Antropología, de la Universidad Autónoma de Puebla, y que puede consultarse íntegro en la edición electrónica de Ojarasca.