Le demandan dar a conocer montos de recursos y propiedades
Jueves 14 de octubre de 2010, p. 23
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó un punto de acuerdo de urgente resolución para que la Secretaría de Hacienda informe los montos de recursos económicos y propiedades que formaban parte de Luz y Fuerza del Centro (LFC) al momento de su extinción.
A la fecha el gobierno federal ha hecho caso omiso de las solicitudes elaboradas desde el Congreso para que se explique el estado de los activos de la empresa desaparecida hace un año.
Jesús Zambrano, vicepresidente de la mesa directiva, expuso en su propuesta que el director del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, Sergio Hidalgo Monroy, informe a la soberanía de todos los actos administrativos concernientes a las propiedades y recursos económicos de LFC.
Hidalgo Monroy, quien fungió como oficial mayor de la Secretaría de Hacienda y al concluir la administración de Agustín Carstens fue promovido al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, porque no forma parte del círculo cercano del titular de Hacienda, Ernesto Cordero, fue emplazado por el Congreso para dar a conocer los expedientes relativos a LFC.
La empresa liquidada, según el decreto presidencial de extinción firmado el 11 de octubre de 2009 por Felipe Calderón Hinojosa, conservaría su personalidad jurídica exclusivamente para efectos del proceso de liquidación.
Ésta se realizaría bajo el control del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, instancia a la que se otorgaron amplias facultades para actos administrativos, de dominio, pleitos y cobranzas y para suscribir u otorgar títulos de crédito, incluyendo aquellas que en cualquier materia requieran poder o cláusula especial en términos de las disposiciones aplicables, así como para realizar cualquier acción que coadyuve a un expedito y eficiente proceso de liquidación.
El Servicio de Administración intervendrá de inmediato, considera el decreto presidencial, para tomar el control y disponer de todos los bienes, derechos, activos, juicios, obligaciones, pasivos, contratos, convenios y recursos, para acreditar la extinción de los órganos de dirección, unidades administrativas, y demás instancias de funcionamiento de LFC.
Dicha dependencia tomará de inmediato las medidas necesarias para que los bienes del organismo que se extingue sean utilizados para tal fin, conforme a lo dispuesto en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica
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