La Unidad de Inteligencia Financiera detectó 24 mil 449 en el segundo trimestre del año
También repuntaron de 35 a 53 las transacciones preocupantes, que involucran a funcionarios
Entre las conductas recurrentes están proporcionar identificación falsa y domicilio inexistente
Domingo 19 de septiembre de 2010, p. 23
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), organismo dependiente directamente de la oficina del secretario de Hacienda, Ernesto Cordero, reportó para el segundo trimestre de 2010 la detección acumulada de 24 mil 449 operaciones inusuales realizadas en las diversas figuras del sistema financiero mexicano, lo que significa un crecimiento de 102 por ciento respecto de las identificadas en el primer trimestre de este año, que sumaron 12 mil 80 operaciones.
Las operaciones inusuales son aquellas en las que la conducta del cliente del sector financiero salen del patrón habitual y existen sospechas de que éstas puedan ser susceptibles de comisión de delitos, como el lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
El blanqueo de dinero
es explicado como el proceso para disfrazar la existencia, el origen y la utilización de recursos económicos generados mediante actividades ilícitas para integrarlos en los circuitos formales de la economía con apariencia de legitimidad y procedencia legal.
En el caso de las operaciones preocupantes, éstas pasaron de 35 identificadas en el periodo enero-marzo de 2010 a 53 en el periodo abril-junio, lo que significó un aumento de 51 por ciento respecto del trimestre precedente.
Más expedientes
Las operaciones preocupantes son aquellas en los que directivos, funcionarios, empleados y apoderados de las entidades financieras, que por sus características y actividades, pudieran vulnerar la aplicación de lo dispuesto en la ley.
De acuerdo con la legislación vigente en México, los sujetos obligados que deben prevenir, detectar y en su caso reportar determinadas operaciones financieras a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) son: Almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, casas de cambio, empresas de factoraje financiero y uniones de crédito. Otras figuras obligadas son las empresas transmisores de dinero y centros cambiarios; instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado (Sofoles), instituciones de banca múltiple, instituciones de banca de desarrollo, sociedades operadoras de sociedades de inversión.
Otras instituciones del sector financiero y bursátil que deben de reportar operaciones sospechosas son: casas de bolsa, especialistas bursátiles y sociedades distribuidoras de sociedades de inversión. Además, entidades de ahorro y crédito popular, cooperativas, sociedades financieras populares, administradoras de fondos para el retiro, instituciones de seguro e instituciones de fianzas.
Los informes de la Secretaría de Hacienda señalan que las operaciones consolidadas crecieron en el segundo trimestre en comparación con el primer trimestre de este año en 105 por ciento al pasar de 7 mil 854 detectadas entre enero y marzo del presente año a 16 mil 141 al cierre de junio de 2010.
Los expedientes consolidados se refieren a los reportes de operaciones inusuales y preocupantes, que posteriormente se consolida la información en un expediente por sujeto, dado que el mismo puede ser reportado por varias instituciones o por una misma institución para complementar la información derivada del análisis interno de la misma.
Los informes de la SHCP consideran que en el circuito financiero nacional se lavan recursos procedentes de actividades como el narcotráfico por unos 10 mil millones de dólares, mientras que organismos internacionales lo sitúan en un rango de entre 15 y 25 mil millones de dólares anuales.
Por primera ocasión desde 2004, cuando fue creada la UIF, se incluye un nuevo apartado denominado Sujetos Reportados, que comprende a todos los sujetos incluidos en algún tipo de reporte o denuncia realizado por la UIF. El último dato que abarca solamente hasta febrero de 2010, señala a 558 sujetos reportados.
De acuerdo con la guía para evitar el lavado de dinero se establecen diversos comportamientos que pueden ser sospechosos en los diversos segmentos del sector financiero nacional. Entre los comportamientos inusuales del cliente al contratar productos o servicios se puede enumerar las más representativas: proporcionan datos de identificación que resultan inexistentes; modifican sus datos de identificación frecuentemente; presentan constantes cambios de domicilio o no se localizan en los manifestados; varios clientes manifiestan el mismo domicilio; modifican frecuentemente a sus beneficiarios.
Además, muestran disgusto o nerviosismo al aplicarles las políticas de identificación y conocimiento del cliente (se niegan a proporcionar la información requerida, pretenden sobornar al empleado con la finalidad de que acepte información incompleta y/o presuntamente falsa, traen por escrito sus respuestas, evitan el contacto directo con el personal, etcétera).
También tratan de ocultar la identidad del propietario real; solicitan ser atendidos por determinado empleado de la entidad sin justificación aparente; la entidad tiene información de que el cliente o usuario podría estar involucrado en operaciones fraudulentas o delictivas y no demuestra conocimiento de su actividad económica declarada, entre otras.
La normatividad vigente en México también establece que personas del ámbito político pueden ser susceptibles de realizar operaciones de lavado de dinero y en su caso ser reportadas a la UIF. Se denomina persona expuesta políticamente (PEP) a aquel individuo que: desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en un país extranjero o en territorio nacional.
Se considera, entre otros, a los jefes de Estado o de gobierno, líderes políticos, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios o miembros importantes de partidos políticos. Se asimilan a PEP, el cónyuge y las personas con las que mantengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como las personas morales en las que el PEP mantenga vínculos patrimoniales.
En el ámbito internacional, el Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales y Financiamiento al Terrorismo (Gafi), del que México forma parte, emite un listado de jurisdicciones que no cuentan con una adecuación normativa ni sistemas de prevención en materia de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, o que no llevan a cabo cooperación internacional en dichas materias.
Al cierre de junio de 2010, el Gafi señaló que las jurisdicciones riesgosas y no cooperantes en la lucha contra el lavado de dinero o financiamiento al terrorismo son Irán y la República Popular Democrática de Corea.
En tanto que los países en proceso de cooperar con los estándares mundiales de lucha contra el blanqueo de dinero, según el Gafi, destacan: Angola, Antigua, Barbuda, Azerbaiyán, Bolivia, Ecuador, Etiopía, Grecia, Indonesia, Qatar, Kenya, Marruecos, Myanmar, Nepal, Nigeria, Pakistán, Paraguay, Sri Lanka, Sudán, Siria, Tailandia, Trinidad y Tobago, Turquía, Turkistán, Ucrania y Yemen.