Viernes 20 de agosto de 2010, p. 14
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer que solicitará al Poder Legislativo las modificaciones que le permitan dar atención médica y otros beneficios a las parejas de los derechohabientes homosexuales, ya que su ley, como está escrita hasta el momento, se lo impide.
En un comunicado, advirtió que en el IMSS no se tolera ninguna forma de discriminación; se respeta a las personas sin distinción de género, creencias, ideologías o preferencias sexuales
.
Reiteró que para dar atención a los matrimonios entre personas del mismo sexo, es necesaria una reforma que tendría que ser aprobada por los legisladores.
Actualmente, la fracción XII del artículo 5a de la Ley del Seguro Social define en términos generales lo que se entiende por beneficiarios
, agrega el comunicado.
Entre ellos se contempla sólo a la esposa o viuda del asegurado
, la concubina del asegurado
o el esposo o el viudo o el concubinario de la asegurada
, y en el caso del servicio de guarderías, sólo nombra a las madres empleadas y a los trabajadores viudos o divorciados.
Dado que la ley menciona explícitamente una distinción a causa del género, el IMSS actualmente se ve impedido para extender sus beneficios a las personas no aseguradas que han contraído matrimonio con personas de su mismo sexo
.
Este lineamiento, de acuerdo con el comunicado, es de carácter legal y no refleja posicionamiento personal o institucional alguno, por lo cual el IMSS turnará las observaciones sobre este asunto al Poder Legislativo para que tome las medidas que considere pertinentes
.