Investiga el Consejo de la Judicatura juzgados y tribunales federales de Yucatán
El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación deja sin efecto varios nombramientos
Miércoles 21 de julio de 2010, p. 19
A partir de este miércoles, cuando entra en vigor un acuerdo publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el Consejo de la Judicatura Federal, los jueces o magistrados federales que realicen contrataciones cruzadas y recíprocas de familiares para burlar las disposiciones que prohíben dar puestos a su parentela, dentro de su tribunal, podrán ser sancionados hasta con la suspensión definitiva de sus cargos.
Incluso, todos los nombramientos que en su caso hubieren otorgado los juzgadores bajo las modalidades anteriores, quedarán sin efectos legales.
Asimismo, a partir de estas modificaciones al Acuerdo General, el cual reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los funcionarios judiciales, los titulares de algún órgano jurisdiccional ya no podrán otorgar nombramientos provisionales a sus amigos, conocidos o personas de confianza, para ocupar los cargos de actuarios y secretarios de tribunales de circuito y juzgados de distrito, a no ser que los meritorios demuestren haber acreditado los correspondientes exámenes de aptitud, o bien, los cursos de preparación que imparte el Instituto de la Judicatura Federal.
Antes de esta modificación del Consejo de la Judicatura Federal, los jueces y magistrados acostumbraban nombrar como sus actuarios o secretarios de acuerdos –personal que más auxilia en labores jurisdiccionales– de manera temporal, a gente de su confianza, conocidos, hijos de amigos, e incluso se llegaron a dar casos en que los juzgadores otorgaban esos cargos provisionales a mujeres y hombres a cambio de favores sexuales.
Según consta en el considerando octavo del Acuerdo General del pleno del Consejo de la Judicatura, que deroga el último párrafo del artículo 71 y los numerales 84 y 87, y adiciona un segundo y tercer párrafos al precepto 72, del diverso acuerdo que reglamenta la carrera judicial de los funcionarios judiciales, “se estima obligatorio suprimir la facultad de los titulares de los órganos jurisdiccionales de otorgar nombramientos provisionales para ocupar el cargo de actuarios y secretarios de tribunales de circuito y juzgados de distrito a personas que no demuestren haber acreditado los exámenes de aptitud o bien, los cursos relativos.
En el caso de que en algún órgano jurisdiccional se hubiere extendido un nombramiento de base o interino, en las categorías de secretario de juzgado o de tribunal de circuito, o bien, de actuario de los mismos, a persona o personas que fueren cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de algún titular; éste no podrá extender nombramientos en los mismos términos respecto de personas que resultaren cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado del titular del órgano donde se encuentren adscritos sus allegados
, continúa el acuerdo publicado ayer.
Agrega que la contravención a lo dispuesto en el párrafo precedente constituirá causa de responsabilidad administrativa en términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los servidores públicos, quedando sin efectos el nombramiento o nombramientos que en su caso se hubieren otorgado”.
El año pasado, el Consejo de la Judicatura Federal dio inicio a una investigación que permitió demostrar que en juzgados y tribunales federales ubicados en Yucatán laboran familiares, de todo nivel parental, de al menos siete magistrados y tres juezas.
Al indagar entre 10 juzgadores de Yucatán, el Consejo de la Judicatura documentó el cruce de contrataciones familiares. Así, allegados a un juez son contratados por otro colega o magistrado y, en reciprocidad, el primero acoge a los parientes de quien empleó a sus familiares.