En el país no existen los contratos de protección, dice la dependencia
Lunes 19 de abril de 2010, p. 16
Porque en México no hay contratos colectivos de protección (simulados) y los trabajadores pueden ejercer libremente sus derechos, especialmente los sindicales
, el gobierno federal solicitó a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que deseche otra queja que presentaron en su contra el sindicato minero y la federación internacional de trabajadores del ramo.
Esto ocurre pese a que en junio de 2008 el Comité de Libertad Sindical de la OIT concluyó (también en relación con el sindicato minero) que en México la aplicación de la justicia encierra una demora excesiva
, que equivale a su denegación.
Nuevamente el gobierno del presidente Felipe Calderón se encuentra bajo la lupa del Comité de Libertad Sindical, no sólo por el tema minero, sino por los casos en que se denuncia que el gobierno, principalmente mediante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), no garantiza los derechos asentados en la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo.
Uno de los argumentos de la STPS refiere que en el país (corte al año 2008) un millón 995 mil trabajadores estaban incluidos en la protección de algún contrato colectivo y cerca de 97 mil en los llamados contratos ley. Según la dependencia, ese contexto contribuye a la estabilidad económica y la paz social.
En la respuesta de la STPS y de las representaciones patronales y de trabajadores (que tienen un asiento en los órganos y tribunales laborales) se desestiman los argumentos de la Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas (FITIM).
No es la primera vez que el gobierno intenta que la OIT rechace a esa federación como denunciante válido de violaciones a las garantías laborales básicas. Otra vez la dependencia que encabeza Javier Lozano afirma que la FITIM no tiene estatuto consultivo con la OIT y no es una organización directamente interesada en el asunto.
En su respuesta, las organizaciones patronales Concamin y Coparmex apoyan a la STPS y minimizan las pruebas de la FITIM.
Consideran que por la experiencia que se tiene en México de las publicaciones periodísticas y académicas, en la inmensa mayoría de los casos modifican, tergiversan o deforman lo expresado por los supuestos declarantes
, señalan esas confederaciones de industriales.
Con otros matices, pero en el mismo sentido, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y la Confederación de Trabajadores de México respaldan a la STPS especialmente para subrayar que en México no existen los contratos de protección
, porque –sostienen– no están incluidos, bajo ese nombre, en la Ley Federal del Trabajo.
Para el gobierno y estos representantes patronales y obreros, las violaciones que denuncia la federación minera se deben sólo a conflictos de trabajadores que pugnan por la titularidad de un contrato.
La FITIM denunció a México ante al OIT por casos de despidos injustificados y la presunta colusión del gobierno con patrones y cúpulas sindicales para evitar la formación de sindicatos alternos.
En la respuesta del gobierno mexicano a la OIT (documento de carácter reservado
del cual La Jornada tiene copia), la STPS argumenta que existe en México preocupación debido a un vacío legal que da origen a infinidad de abusos, lo que deriva en extorsión y chantaje a los patrones.
La STPS concluye, en su respuesta a la OIT, que el gobierno no reconoce de manera alguna la existencia de los denominados contratos colectivos de trabajo de protección patronal, porque las organizaciones sindicales son libres de constituirse, redactar sus estatutos, designar a sus representantes y dirigentes, así como regular su propia estructura y vida interna
.
Por ello considera que la queja de la FITIM es un ejercicio conceptual oscuro y genérico
. Argumenta que México cuenta con toda la estructura administrativa y judicial y de asesoría al servicio de los trabajadores.
El gobierno también argumentó que siempre ha acatado las recomendaciones de la OIT, aunque hace énfasis en que sólo son eso: recomendaciones.
En el Estado mexicano no existe ninguna limitación en cuanto al derecho de asociación sindical. En México no se violenta el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito, incluyendo los derechos de asociación sindical
, afirmó la STPS.
Una vez que el comité de la OIT analice las posturas de los involucrados emitirá su fallo y recomendaciones para determinar si el gobierno cumple y hace cumplir los derechos y justicia laboral.