Predictamen propone que sea por una vez y sin fines de lucro, previo acuerdo de las partes
El proyecto de ley no fija límites a la implantación de óvulos
Se salvaguardan derechos de la gestante
El 22 de abril será sometido a diputados en comisiones, para la eventual aprobación
Miércoles 14 de abril de 2010, p. 36
Con la condición de que sea por única vez y sin fines de lucro, pero con posibilidad de una remuneración económica, una mujer podrá prestar su vientre para gestar el hijo de una pareja o una mujer soltera infértiles, previo acuerdo entre las partes, que deberán llevar a cabo un proceso bajo la figura de jurisdicción voluntaria ante un juez de lo familiar, según propone el predictamen para crear la ley de maternidad subrogada para el Distrito Federal que se discute en la Asamblea Legislativa.
El documento, del cual tiene copia este diario, define la maternidad subrogada como la práctica médica consistente en la transferencia de embriones humanos a una mujer, producto de la unión de un óvulo y un espermatozoide fecundados por una pareja unida mediante matrimonio o que vive en concubinato y que aportan su material genético.
Este procedimiento también podrá llevarlo a cabo una mujer que tenga un estado civil diferente, siempre y cuando cumpla con los requisitos señalados para la madre subrogada. Los interesados deberán vivir en el Distrito Federal.
El proyecto de ley, promovido por la diputada del PRD Maricela Contreras, presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social, no fija límites a la implantación de óvulos y mantiene salvaguardado el derecho de la mujer gestante (la que presta el útero) a recurrir a la interrupción legal del embarazo, para lo cual sólo tendrá que notificar previamente a la pareja subrogada.
La madre subrogada, el padre y la mujer gestante deberán tramitar un documento denominado instrumento de maternidad subrogada
ante la Consejería Jurídica y manifestar su intención de llevar a cabo esta práctica ante la Secretaría de Salud local, que determinará si están preparados sicológicamente para realizar el procedimiento, tras lo cual expedirá una constancia respectiva que deberá presentarse ante el juez de lo familiar.
En el instrumento de maternidad subrogada se fijarán las bases del acuerdo entre las partes, que se tendrá que formalizar ante un juzgado bajo la figura de jurisdicción voluntaria, la cual comprende todos los actos en que, por disposición de la ley o por solicitud de los interesados, se requiere la intervención del juez.
El procedimiento se podrá llevar a cabo en hospitales públicos o privados que cuenten con la certificación para realizar la transferencia de embriones humanos. Ningún médico podrá realizarlo sin que exista el acuerdo firmado por las partes involucradas.
La madre subrogada y el padre se comprometen a hacerse cargo de todos los gastos médicos que se generen a partir de la gestación, hasta la total recuperación de la mujer gestante, con independencia de si se logra o no el nacimiento. La mujer gestante, a su vez, asume el compromiso de reconocer que no es la madre biológica del producto, el cual entregará al nacer.
Aunque se precisa que esta práctica no tendrá fines de lucro, se deja abierta la posibilidad de llegar a un acuerdo económico para atender el bienestar integral de la mujer gestante en cuanto a la satisfacción de sus necesidades alimentarias y de desarrollo personal.
Cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) precisan que a escala nacional existen 1.5 millones de parejas con problemas de infertilidad, lo que podría ir en aumento. Hace 20 años se diagnosticaba apenas un caso de cada 10 a 15 parejas con este problema, mientras que en la actualidad es ya una de cada seis
, refiere el predictamen, que será sometido para su eventual aprobación en comisiones el próximo 22 de abril.