Prohibirán que cobren adeudos con recursos de otras cuentas de los clientes
Lunes 21 de diciembre de 2009, p. 15
El martes próximo, en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la fracción del PRI presentará un punto de acuerdo de urgente resolución, que será aprobado por el pleno, para obligar al Banco de México (BdeM) a poner fin a la práctica abusiva de cargar adeudos por tarjetas de crédito a depósitos bancarios por salarios, tarjetas de débito, pensiones y otras prestaciones de carácter laboral.
El pasado 12 de noviembre se presentó en el Senado la iniciativa con proyecto de decreto para adicionar el artículo 72 de la ley de instituciones de crédito, para que en el contrato de apertura de tarjetas de crédito no se pacte el cobro de adeudos no cubiertos en tiempo y forma con recursos captados por el cliente en distintas cuentas.
La iniciativa da cuenta de las prácticas bancarias abusivas en las cuentas de ahorro y nómina, que atentan contra el salario de los trabajadores y consisten en el cobro directo de los adeudos de créditos de cuenta corriente originados por el uso de tarjetas de crédito u otros créditos personales en las cuentas de ahorro destinadas al pago de nómina
, refiere el punto de acuerdo elaborado por los senadores priístas Ramiro Hernández García y Carlos Jiménez Macías.
Esas acciones están auspiciadas por la falta de una regulación concreta y clara sobre el uso y operación de tarjetas.
A eso ha contribuido el BdeM, sustentado en las facultades que le otorga su ley orgánica. Ha emitido la circular 29/2008, denominada Reglas a las que habrá de sujetarse la emisión y operación de tarjetas de crédito, por la cual autoriza a las instituciones de banca múltiple cargar los adeudos no cubiertos en tiempo por el uso de tarjeta de crédito a cualquier otra cuenta que tenga abierta el cliente con la institución bancaria.
“La propuesta cobra mayor fuerza en la temporada de fin de año, en la que los trabajadores reciben aguinaldos, gratificaciones y otras prestaciones laborales, para cuyo pago correspondiente se prevé habrán de utilizarse los mismos instrumentos bancarios de depósito de nómina.
Resulta indispensable proteger el salario de los trabajadores contra prácticas bancarias que pudieran afectar el derecho de no embargo y de no privación del salario sin orden judicial, como en todo caso es la sustracción que bancos e instituciones de crédito en general realizan de recursos captados a través de depósitos bancarios provenientes de transferencias que electrónicamente los patrones hacen del salario de sus trabajadores, que constituye el pilar de los hogares mexicanos.
De esa forma, la Comisión Permanente exhortará al BdeM a que a la brevedad reforme la circular número 29/2008 y deje sin efecto la cláusula 3.6 para que no se apliquen las disposiciones que permiten a los bancos cargar adeudos no cubiertos en tiempo por el uso de la tarjeta de crédito a cualquier otra cuenta que tenga abierta el cliente con la institución bancaria, incluida la de nómina.