A 16 les concedió amparo para que se revise su situación jurídica
Jueves 5 de noviembre de 2009, p. 17
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó –por cuatro votos contra uno– la libertad absoluta e inmediata de otros nueve acusados por la matanza de Acteal; a 16 les otorgó amparos para efectos
, para que un tribunal unitario determine su situación jurídica, pero tomando en cuenta exclusivamente pruebas lícitas, y sobreseyó (desechó) seis demandas de amparo.
Igual que el pasado 12 de agosto, cuando la sala liberó a 20 indígenas acusados de participar en el asesinato de 45 tzotziles que se encontraban en una iglesia, los ministros argumentaron que su decisión se basó en que se violó el proceso legal, la Procuraduría General de la República (PGR) fabricó pruebas y el Ministerio Público Federal no demostró la responsabilidad de los presuntos culpables, quienes ya habían sido sentenciados a 25 años de prisión.
El ministro instructor, José Ramón Cossío, rechazó que con esta decisión la Corte genere impunidad; ‘“más bien –sostuvo–, la sociedad es la que gana al concederse el amparo a personas cuya culpabilidad no fue jurídicamente acreditada”.
Añadió que es falsa la pretendida disyuntiva entre el respeto a las garantías individuales (del procesado) y el interés de la colectividad por los valores de seguridad, orden y no impunidad. Ambos fines –afirmó– concurren al excluir pruebas obtenidas mediante la violación de las garantías constitucionales.
Aclaró que la resolución no equivale a un pronunciamiento sobre la inocencia de los quejosos
, únicamente señala que las acusaciones penales formuladas en su contra no fueron debidamente probadas. Insistió en que si el proceso penal no tuviera reglas, se abriría el camino a la arbitrariedad
, ya que si para emitir una sentencia contaran las razones no jurídicas, entonces la que contaría sería la regla del más fuerte
.
En nombre de la mayoría, integrada por Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero y José de Jesús Gudiño Pelayo, Cossío comentó que los acusados fueron condenados y declarados culpables como resultado de un juicio plagado de violaciones a sus garantías constitucionales
, particularmente la de ser procesado penalmente en un juicio apegado a derecho.
Sergio Valls votó en contra del proyecto con el argumento de que, desde su punto de vista, no hubo violaciones al proceso legal, el MPF actuó conforme a derecho y no incurrió en la aportación de pruebas ilícitas.
En la sesión, a la que asistieron tres mujeres indígenas integrantes del Comité de Amigos y Familiares Presos Injustamente por el Caso Acteal, la mayoría reiteró las irregularidades detectadas en el juicio, como el hecho de que a partir de un álbum fotográfico
, integrado por el MP y que contenía exclusivamente las fotos de quienes previamente habían sido identificados en una lista de presuntos culpables, la autoridad indujera el sentido de la indagatoria.
Asimismo, cuestionaron que el juzgado y el tribunal unitario que sentenciaron a los acusados otorgaran valor pleno a los diversos medios de prueba obtenidos ilícitamente
.
Respecto a los 16 quejosos que obtuvieron amparo para efectos
, entre éstos dos confesos de participar en la matanza, quienes seguirán en prisión, Cossío señaló que un tribunal unitario deberá dictar una nueva sentencia en la que únicamente tome en cuenta pruebas obtenidas legalmente y por los delitos de homicidio y lesiones calificados.
Es decir, ya no podrán ser juzgados por portación de arma prohibida y uso de arma exclusiva del Ejército, delitos por lo que originalmente fueron sentenciados.
Al término de la sesión, Óscar Moa, quien acompañó a los familiares de los acusados, cuestionó el fallo por considerar que la Corte actuó de manera política, no jurídica, y exigió al gobierno de Chiapas que integre una mesa de negociaciones para analizar la situación de los indígenas que ya fueron liberados y que no pueden regresar a sus comunidades.
Asimismo, comentó que con la decisión queda en evidencia que después de 12 años de la matanza no se le ha hecho justicia a las víctimas, por lo que exigió que se abra una nueva averiguación previa para que se castigue a los responsables, entre quienes citó al ex presidente Ernesto Zedillo y al ex gobernador Roberto Albores Guillén.
Los índigenas que obtuvieron libertad inmediata son Ignacio Gómez Gutiérrez, Emilio Gómez Luna, Hilario Guzmán Luna, Juan Gómez Pérez, Juan Hernández Pérez, Manuel Luna Pérez, Mariano Díaz Chicario, Pablo Pérez Pérez y Pablo López López.