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Demanda suspender de inmediato pensiones a los ex presidentes

No se requiere ley reglamentaria: Gómez
 
Periódico La Jornada
Viernes 28 de agosto de 2009, p. 7

Autor de la reforma constitucional que puso límite a los salarios de los altos funcionarios públicos de los tres niveles de gobierno, el senador perredista Pablo Gómez aclaró que no se requiere de una ley reglamentaria para poner en práctica esa disposición, y advirtió que Felipe Calderón debe ordenar de inmediato que se suspendan las pensiones de los ex presidentes de la República y de todos los directivos pensionados de la banca de desarrollo y de organismos paraestatales.

Asimismo, recalcó, está obligado a ordenar también que bajen los salarios de todos aquellos integrantes del gobierno federal y del Poder Legislativo cuyos sueldos, prestaciones y demás ingresos excedan al salario del Ejecutivo federal.

El senador perredista dijo que fue difícil lograr esa reforma a varios artículos de la Constitución, a fin de poner coto a los ingresos escandalosos de altos mandos de los tres poderes de la Unión, y habrá que dar ahora la pelea para que se cumpla y respete esa norma, porque en México no es fácil hacer valer la Carta Magna.

Sin embargo, quien pase por encima de la disposición constitucional podrá enfrentar desde litigios para que reintegre ingresos que ya no le corresponden, hasta el juicio político. Gómez sostuvo que son falsas las interpretaciones que se han hecho en el sentido de que ministros y magistrados de la Suprema Corte podrán seguir con sus percepciones actuales hasta que el Congreso emita leyes secundarias. A partir de enero de 2010 ya no recibirán bonos, ni pagos para niñeras o cocineras, ni ningún otro sobresueldo.

Explicó que en el caso del Poder Judicial, los legisladores decidieron mantener los salarios que perciben sus actuales integrantes, pese a que en el caso de magistrados y ministros son superiores al del Presidente de la República, porque de lo contrario la nueva norma se contrapondría a otra disposición de la Carta Magna que establece que no podrán disminuirse los salarios de jueces durante su encargo.

Conservamos ese precepto porque es un principio jurídico de muchos otros regímenes democráticos, que parten de la idea de que no se debe bajar el sueldo a los juzgadores, ya que una medida de ese tipo podría adoptarse como represalia, sobre todo tratándose de un tribunal constitucional.

Sin embargo, a partir de 2010, los ministros en funciones de la Corte y los magistrados van a poder mantener su sueldo presupuestal actual, pero no así los bonos, fondos de ahorro y otras prestaciones adicionales que ellos mismos se asignaban.