En cuanto el perredista sea localizado será detenido, advierte el vocero de la dependencia
Según reciente reforma constitucional, no podrá asumir su cargo como diputado el 1º de septiembre
Sábado 1º de agosto de 2009, p. 8
Julio César Godoy Toscano, medio hermano del gobernador de Michoacán, Leonel Godoy, es un prófugo de la justicia y por tanto sus derechos políticos están suspendidos
, según lo ordena la reciente reforma al artículo 38 de la Constitución en su fracción V, que entró en vigor el pasado 2 de junio, sostuvo ayer el vocero de la Procuraduría General de la República (PGR), Ricardo Nájera, luego que se hizo pública una carta de Godoy Toscano en la que rechazó cualquier nexo con el cártel de La Familia.
Entrevistado en las instalaciones de la dependencia que encabeza Eduardo Medina Mora, el vocero precisó que de acuerdo con esta modificación constitucional, Godoy Toscano ya no podrá asumir el próximo primero de septiembre el cargo de diputado federal para el que fue electo el pasado 5 de julio, pues enfrenta una orden de aprehensión que le impide ejercer sus derechos políticos. En cuanto sea localizado será detenido
, expuso Nájera.
Hasta antes de la reforma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado primero de junio, las prerrogativas políticas se suspendían a partir de que un juez dictaba un auto de formal prisión (esto sucede 72 horas después de que un inculpado es detenido y puesto a disposición del juez que lo reclama, en cumplimiento a una orden de aprehensión).
Abogados penalistas consultados por La Jornada indicaron que si la reforma entró en vigor después de que se librara la orden de captura, entonces el candidato electo podría litigar en tribunales y en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la inconstitucionalidad del procedimiento de reforma, además de que podría ampararse en el artículo 14 de la Carta Magna que impide en este caso la retroactividad de la ley.
Los litigantes agregaron que si Godoy Toscano no es detenido antes del 31 de agosto, a partir del primero de septiembre –fecha en que inician funciones los diputados federales electos, después de que un día antes rindan protesta ante el pleno de la Cámara de Diputados– el perredista estará en posibilidades legales de solicitar una suspensión en vía de amparo para pedir que se respete su fuero constitucional.
Aún cuando no rindiera protesta, los penalistas consultados aseguraron que Godoy tendría derecho a recibir una suspensión que le permitiera respeto a su fuero de diputado, a fin de que ya con la protección de la justicia federal, acudiera a la Cámara de Diputados a que le tomaran su protesta de ley.
A su vez, el vocero de la PGR no aclaró qué día se emitió la orden de aprehensión, pues dijo que la legislación penal impide dar información sobre el contenido de averiguaciones previas y/o de causas penales abiertas en cualquier juzgado.
–Al perder sus derechos políticos, ¿Godoy Toscano ya no puede asumir funciones de diputado federal?– se le preguntó al vocero
–Dice muy claramente la reforma al artículo 38 de la Constitución que se considera prófugo de la justicia a toda aquella persona desde el momento que hay una orden de aprehensión en su contra y hasta que se extingue la acción penal. El artículo 55 de la propia Constitución dice que son requisitos para ser diputado federal que el ciudadano mexicano esté en goce de sus derechos al ciento por ciento. Él (Godoy) no puede, bajo ninguna circunstancia, ejercer sus derechos políticos.