Ministros desecharon ayer un proyecto que no le era favorable
Jueves 11 de junio de 2009, p. 43
La Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública interpuso una solicitud de amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de que sea el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal (DIF-DF) el que herede bienes inmuebles que no son reclamados o propiedades intestadas en las que tampoco hay herederos.
Antes de la reforma de 2006 a los códigos Civil y de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, era la Beneficencia Pública la que recibía las propiedades, e incluso el Ministerio Público capitalino representaba legalmente a las asociaciones de asistencia privada en los juicios civiles en los que se determinaba el destino de las propiedades.
Con base en el expediente de la causa, en su momento la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) modificó los artículos 1602, 1636, 1726 y 1745 del Código Civil, y 815, 817 y 843 del Código de Procedimientos Civiles, porque se tenía conocimiento de que la Beneficencia Pública recibía un promedio de dos inmuebles al mes, de los cuales se desconocía su paradero.
Los asambleístas consideraron que dichas propiedades debían pasar a las autoridades del Distrito Federal para que las utilizaran de la mejor manera.
La petición de amparo ha sido discutida en tres ocasiones en la Corte y ayer la mayoría de los ministros de la primera sala desecharon el proyecto elaborado por Juan N. Silva Meza, que proponía desechar la demanda porque la parte quejosa no había demostrado que hubiera un acto de aplicación que la facultara para presentar la demanda.
El asunto será turnado a otro integrante de la primera sala para que elabore un nuevo proyecto.