l diccionario dice que tributo
, del latín tributum (etimología compartida con tribu), es lo que paga un país a otro para indicar su sumisión; los tributos los pagan los pueblos que están sometidos, los sumisos, los que están abajo, los que están rendidos frente a aquellos que los someten y les exigen el pago.
Históricamente, los poderosos han cobrado tributo a los que se dejan; los aztecas lo cobraban a sus vecinos, con excepción de tlaxcaltecas y purépechas; el imperio romano lo recibía de sus colonias, incluidas Egipto y Grecia; los que se negaban, como los galos, eran sometidos por las legiones romanas; en el imperio ibérico, una de las formas de tributo era el quinto real
: la quinta parte de todo lo que los conquistadores quitaban a los indígenas era para la metrópoli en ultramar.
En nuestro tiempo, las formas de tributación se han sofisticado, sin embargo, no dejan de ser pagos injustos que hacen los pobres a los ricos, los sometidos y sujetos a los que los someten. Es un tributo, por ejemplo, el pago de franquicias
en productos que se hacen aquí, con materia prima nuestra y mano de obra mexicana; es el pago por usar una marca, un emblema, un juego de colores y formas que en sí mismas no tienen valor alguno, pero que el sometimiento y el sentimiento de inferioridad hacen que se pague por ello a la matriz. En México y en todo el mundo sometido se paga tributo hasta por freír pollos; los socios de los clubes internacionales pagan cuotas a su matrices, y si bien hacen algunas obras de beneficencia en el país, buena parte de los recursos que aquí recaban se va al extranjero.
Pero esos tributos particulares de comerciantes ambiciosos, pero sin imaginación, de profesionistas anhelantes de una corresponsalía
de Chicago o de Nueva York, de socios que se dan tono con sus emblemas y pins, se quedan cortos ante los tributos que paga el Estado por la enorme deuda exterior que al correr de los años se ha contraído. El agio internacional empobrece a los pueblos que se empeñan en su desarrollo, les impide crecer e igualarse con las potencias económicas.
Esos pagos inicuos se esconden a veces con nombres equívocos como el de servicio de la deuda
u otros similares. Pagar esa deuda nos mantiene permanentemente pobres, nos impide disfrutar de lo nuestro por ambicionar lo extraño y nos mantiene indefinidamente como deudores de sumas impagables.
El crédito abierto hace unos días por el Fondo Monetario Internacional fue anunciado desde Londres por un presidente elegantemente vestido, codeándose con la realeza, pero cegado por sus prejuicios y nerviosismo. La suma fue multimillonaria y se acumula a la deuda externa del país, la cual duplica; nos empieza a costar antes de que dispongamos de ella y, visto con claridad, no es sino una forma más de pagar tributo por un dinero que ni siquiera hemos recibido, pero que ya está produciendo sus réditos.
Además, es un compromiso abiertamente anticonstitucional; creo, salvo que ayer la hayan modificado, que aún está en vigor la fracción VII del artículo 73 de la Carta Magna, que, textualmente dice: ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, salvo los que se realicen con propósito de regulación monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraten durante alguna emergencia decretada por el Presidente de la República en los términos del artículo 29
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La previsión constitucional es pertinente; si tenemos que pedir prestado, que sea para invertir en algo productivo que nos permita pagar el empréstito o bien, excepcionalmente, para el caso de una emergencia grave, que por supuesto requerirá la intervención del Poder Legislativo, para dar su autorización, o bien, para decretar el estado de emergencia a que se refiere el artículo 29 constitucional.
Tal como se solicitó y obtuvo el crédito, mediante un contrato que pone a nuestra disposición dinero que aún no hemos tocado, que será destinado a rescatar empresas que se endeudaron en dólares, el empréstito no cumple con las especificaciones del artículo 73 fracción VII que anteriormente fue transcrito. No es la primera ni la única violación a la Constitución que se perpetra por el actual gobierno, pero ésta adquiere una gravedad especial, por ir en contra de una disposición legal clara y respaldada en la Constitución. Es un buen momento para que en México se recuerde que si bien no hay revocación del mandato expreso en la ley, esta revocación sí puede sobrevenir mediante la divulgación de lo que dice el artículo constitucional y lo que en su contra llevó a cabo el gobierno.