Lunes 23 de febrero de 2009, p. 28
Mérida, Yuc., 22 de febrero. En desacato a una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), 14 municipios de Yucatán, incluida la capital, Mérida, cobran a los usuarios el derecho de alumbrado público (DAP), a pesar de que el máximo tribunal de justicia del país lo declaró ilegal.
En una sentencia inatacable emitida el 13 de febrero de 2008, la SCJN declaró inconstitucional el pago del DAP (equivalente a 5 por ciento de la facturación), incluido en los recibos de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) a los usuarios de 14 poblados yucatecos, en virtud de que dicho cobro invade las facultades del Congreso de la Unión.
En Mérida, el alcalde panista César Bojórquez Zapata reconoció que el ayuntamiento sigue cobrando el DAP, pero aplica un esquema en el cual los usuarios que consumen mayor cantidad de electricidad pagan por este gravamen un máximo de 66 pesos bimestrales, mientras que las familias de menores recursos sólo aportan 5 por ciento de su consumo total.
Bojórquez Zapata consideró que este esquema de cobro no es ilegal; sólo es diferente. Las personas que consumen más luz, pagan más
, dijo. De igual forma, rechazó incurrir en desacato ante la SCJN.
Agregó que, de cumplir la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la comuna de Mérida dejaría de captar alrededor de 30 millones de pesos anuales para obras públicas. Con su estrategia espera recabar un mínimo de 15 millones de pesos.
Los municipios de Tixkokob, Puerto Progreso, Timucuy, Tixméuac, Izamal, Calotmul, Chichimilá, Tizimín, Tzucacab, Yaxcabá, Kanasín, Ticul y Oxkutzcab también siguen cobrando el DAP.
La SCJN dictaminó que los municipios de Yucatán carecen de facultades para cobrar el derecho de alumbrado público, y el Congreso local tampoco puede autorizar a los ayuntamientos a emitir leyes de hacienda que los faculten para recabar recursos extra por el servicio de energía eléctrica.