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Buscan eliminar elementos de distracción al conducir, para reducir número de accidentes

Endurece GDF Reglamento de Tránsito; prohíbe uso de manos libres y bluetooth

Duplican las sanciones económicas por faltas relacionadas con el paso del Metrobús

En el caso del transporte público y de pasajeros, los montos van desde 80 hasta 600 salarios mínimos

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A partir del 26 de febrero próximo, automovilista que sea sorprendido utilizando cualquier tipo de aparato de telecomunicación que implique una distracción al conducir, se hará acreedor a una sanción económica que va de 548 a mil 96 pesosFoto Roberto García Ortiz
 
Periódico La Jornada
Martes 17 de febrero de 2009, p. 33

A partir del 26 de febrero se duplicarán las sanciones a 2 mil 192 pesos y remitirán los vehículos que den vuelta en sitios prohibidos y/o invadan el carril confinado del Metrobús, salvo que exista señalamiento que lo permita, informó el director de ese medio de transporte, Guillermo Calderón Aguilera.

Con la publicación ayer de las modificaciones al Reglamento de Tránsito Metropolitano, se estima reducir el número de accidentes registrados en los corredores 1 y 2 del Metrobús, que suman cinco y 18, respectivamente, en lo que va del año, por invadir el carril confinado o tratar de ganarle el paso a los autobuses articulados, como sucedió la semana pasada en Insurgentes, donde se registró la volcadura de un auto particular.

Hasta el momento, precisó, las multas por violar dichas disposiciones equivalen a 20 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal (mil 96 pesos), pero se acordó duplicarlas, ante el número de accidentes, principalmente en la línea 2, que corre de Tacubaya a Tepalcates, y que en 98 por ciento de los casos han sido ocasionados debido a faltas cometidas por los automovilistas. Además, la unidad involucrada será remitida al corralón.

Ambas acciones se explican en el programa de sensibilización que arrancó la semana pasada con la distribución de 75 mil agendas y volantes, a fin de que se conozcan los principales artículos del Reglamento de Tránsito, que entró en vigor el 20 de julio de 2007 y que sufrió ya sus primeras modificaciones.

Las constantes violaciones a esta disposición nos llevó a endurecer las sanciones, pues aun cuando se han realizado adecuaciones en el corredor 2, y aumentaron los señalamientos y la presencia policiaca con 300 elementos a pie y 15 motopatrulleros en los 172 cruces de la línea, siguen presentándose accidentes de transporte que afectan la operación del servicio. Las causas: invasión del carril confinado o vueltas prohibidas, argumentó.

Así que en el documento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se prohíbe además del uso de celulares y audífonos, circular con aparatos de telecomunicación que representen distracción, como son los manos libres o dispositivos bluetooth, así como la colocación de televisores o pantallas de proyección de imágenes en la parte delantera de los vehículos. El no acatar estas disposiciones les significará a los automovilistas una multa de 548 pesos y mil 96 pesos, respectivamente.

Dicha sanción se aplicará también por la manipulación o consulta de dispositivos de apoyo a la conducción, como mapas y navegadores GPS, cuando se esté circulando; a quienes invadan las rampas para personas con discapacidad y/o se estacionen en doble o más filas y en batería, salvo que el señalamiento lo permita. En estos últimos dos casos, la unidad además será enviada al depósito.

Asimismo, los vehículos de transporte público de pasajeros que conduzcan sin licencia tarjetón, placas, el permiso provisional vigente o el engomado de la concesión, se les aplicará una sanción de 80 a 100 días de salario mínimo, que oscila entre los 4 mil 384 y 5 mil 480 pesos, en tanto, si hace base o se estaciona en lugar no autorizado, el monto se eleva a 7 mil 124 pesos, remitiéndose en ambos casos la unidad al corralón.

Los conductores de vehículos de transporte de carga que se estacionen en la vía pública o en la proximidad de una fuente de riesgo y realicen maniobras de carga y descarga en lugares inseguros y no destinados para tal fin, pagarán una multa de entre 400 y 600 días de salario mínimo, que van de los 21 mil 920 a los 32 mil 880 pesos.

Se establece además arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas al conductor que circule con una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o expirado de 0.4 miligramos por litro o bajo el influjo de narcóticos, lo que les implicará también seis puntos de penalización en su licencia de conducir. Las personas cuya licencia haya sido cancelada y conduzcan algún vehículo serán sancionadas con la remisión de la unidad al depósito y una multa de 90 a 180 días de salario mínimo, es decir, 4 mil 932 a 9 mil 864 pesos, respectivamente.